1. Definición de Derecho
Conjunto de normas y principios que, si no se cumplen de forma voluntaria, pueden ser impuestos por la fuerza legítima del Estado para regular la convivencia de una sociedad con la idea de hacer justicia.
2. Funciones del Derecho
- Funciones coyunturales: Ante los problemas cotidianos que se presentan en una sociedad.
- Funciones permanentes: Se trata de funciones que cumple el derecho en todo momento y lugar. Estas son: resolución de conflictos de intereses, encauzamiento de la vida social y limitación de la fuerza del Estado.
3. Características de las Normas Jurídicas
- Imperatividad: Las normas jurídicas son un mandato dirigido a los ciudadanos y no una mera sugerencia o consejo. Nos obligan a realizar una determinada conducta.
- Coactividad: Característica esencial del ser humano es su libertad, lo que significa que es libre de acatar las normas. Ante el incumplimiento, la norma es ejercitada por los tribunales de justicia.
4. Clasificación de las Normas
- Normas imperativas:
- Preceptivas: Obligan al individuo a realizar determinadas conductas.
- Prohibitivas: Prohíben realizar determinadas conductas.
- Normas dispositivas: Preceptos que facultan a sus destinatarios a realizar una conducta distinta de la prevista en la norma.
5. El Empresario
- Empresario mercantil individual: Persona física que ejerce en su nombre (por sí mismo o por medio de un tercero) una actividad constitutiva de empresa. Es toda persona que, teniendo capacidad legal para el ejercicio del comercio, se dedica habitualmente a él.
- Empresario mercantil social: Persona jurídica que se dedica de manera profesional a ejercer el comercio. La sociedad mercantil es una agrupación de personas con origen en un negocio jurídico fundacional, cuya finalidad es aportar un capital común para obtener un beneficio.
6. Ramas del Derecho Mercantil
Estatuto jurídico del empresario, derecho de sociedades, derecho de la competencia, derecho de la propiedad industrial, derecho cambiario, derecho de los contratos mercantiles, derecho del mercado financiero, derecho concursal y derecho marítimo.
7. Fuentes del Ordenamiento Jurídico
- CE (Constitución Española): Contiene los principios, derechos y deberes fundamentales en materia económica.
- Cc (Código Civil): Constituye la normativa mercantil de carácter general, quedando su contenido reducido a cuestiones relativas al estatuto del empresario.
- Legislación especial: Reglamentos del Registro Mercantil y Real Decreto que aprueba el Plan General Contable.
- Disposiciones comunitarias: El derecho comunitario originario está contenido en los tratados constitutivos de las comunidades europeas; el derecho comunitario derivado se manifiesta en reglamentos, directivas y decisiones.
8. Jerarquía de la Legislación Mercantil
- Legislación mercantil: Constitución, Código de Comercio y legislación mercantil especial.
- Costumbre: Usos de comercio propios de cada lugar donde se realicen las operaciones.
- Normas de derecho civil: A falta de legislación mercantil y costumbre, se aplicarán las normas de derecho civil.
9. Principios de Aplicación Normativa
- Primacía del derecho escrito: Las fuentes no escritas quedan relegadas a fuentes subsidiarias. La costumbre es fuente subsidiaria de 1.er grado y los principios generales del derecho son fuentes subsidiarias de 2.º grado.
- Jerarquía del órgano emisor: Prevalencia de la Constitución sobre todas las normas.
- Competencia: Existen en España tres subsistemas normativos: estatal, autonómico y local.
10. Clasificación de las Fuentes
- Fuentes directas: Constitución, leyes y reglamentos.
- Fuentes directas subsidiarias: Costumbre y principios generales del derecho.
- Fuentes indirectas: Tratados internacionales, jurisprudencia y doctrina.
11. Tipos de Leyes
Ley ordinaria, ley orgánica, decretos-ley, disposiciones del gobierno con fuerza de ley, decretos legislativos, tramitación urgente, tramitación ordinaria y tramitación especial.
13. Conceptos Jurídicos Complementarios
- La costumbre: Norma creada e impuesta por el uso social cotidiano.
- Principios generales del derecho: Principios filosóficos e ideológicos que inspiran o informan el ordenamiento jurídico.
- Jurisprudencia: Criterio constante y uniforme de aplicar el derecho, mostrado en las sentencias del Tribunal Supremo.
16. Pasos para la Constitución de una Sociedad
- Solicitar el certificado negativo de denominación social (Registro Mercantil Central).
- Redactar los estatutos de la sociedad.
- Solicitar el NIF provisional (Agencia Tributaria).
- Ingreso bancario del capital mínimo de contribución (Entidad bancaria).
- Otorgamiento de la escritura pública (Notaría).
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos (Consejerías de Hacienda de las CCAA).
- Calificación de la sociedad laboral (Ministerio de Empleo y SS o CCAA).
- Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil (Registro Mercantil provincial).
- NIF definitivo (Agencia Tributaria).
17. Documentación Constitutiva
- Estatutos de la sociedad: Establecen las normas de funcionamiento interno (derechos y obligaciones de los socios) y frente a terceros. Son normas pactadas por los socios fundadores.
- Escritura pública: Los socios fundadores o sus representantes legales deben firmar ante notario, quien da fe, otorga autenticidad y fuerza probatoria al documento.
18. Organismos de Gestión
a) Delegaciones y administraciones. b) Dirección provincial de la TGSS. c) Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE). d) Dirección provincial de Trabajo y SS. e) Trámites en el Ayuntamiento.
19. Registros Oficiales
a) Registro Mercantil. b) Registro de la Propiedad. c) Registro de Bienes Muebles. d) Registro de la Propiedad Intelectual. e) Oficina Española de Patentes y Marcas.
20. Apoyo al Emprendedor
- PAE (Puntos de Atención al Emprendedor): Permiten iniciar trámites de constitución vía telemática mediante el Documento Único Electrónico (DUE) y ofrecen asesoramiento.
- VUE (Ventanilla Única Empresarial): Facilita y agiliza la creación de empresas concentrando en un mismo espacio físico a todas las administraciones implicadas.