Entidades y Supervisión del Sistema Financiero en España

Estructura y Funcionamiento del Sistema Financiero Español

El sistema financiero español se encuentra en constante evolución. El Ministerio de Economía es el máximo responsable de las instituciones financieras. Este Ministerio ejerce sus funciones a través de los supervisores, que velan por el adecuado funcionamiento del sistema financiero y la normativa aplicable.

Supervisores del Sistema Financiero Español

Estos supervisores son:

  • El Banco de España (BE): Supervisa las entidades que operan en el área de crédito, junto con el Banco Central Europeo (BCE) en el marco del Mecanismo Único de Supervisión (MUS).
  • La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): Supervisa a las entidades aseguradoras y los fondos de pensiones.
  • La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): Supervisa a las entidades que operan en el mercado de valores.

Entidades del Sistema Financiero Español

Entidades del Área de Crédito

Su actividad principal es ofrecer financiación. Estas entidades están supervisadas por el MUS (Mecanismo Único de Supervisión) en el caso de las entidades de crédito bancarias.

Se diferencian en:

  • Entidades de crédito (bancarias):
    • Entidades de depósito: Bancos, Cajas de ahorro, Cooperativas de crédito.
    • Resto de entidades: ICO (Instituto de Crédito Oficial).
  • Entidades financieras de no crédito (no bancarias):
    • Establecimientos Financieros de Crédito (EFC).
    • Entidades de Dinero Electrónico (EDE).
    • Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) y de Reafianzamiento.
    • Sociedades de Tasación.
    • Entidades de Pago.
    • Establecimientos de Cambio de Moneda Extranjera.
    • SAREB (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria).
    • Fundaciones Bancarias.

Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y Bancos Centrales

Mecanismo Único de Supervisión (MUS)

Su objetivo es conseguir una Unión Bancaria Europea, a la vez que velar por la estabilidad del sistema financiero y asegurar la solvencia, rentabilidad, eficiencia y fortaleza de las entidades de crédito.

Está compuesto por el BCE y las autoridades nacionales competentes de los Estados de la Zona Euro, en el caso de España, el Banco de España (BE).

Banco de España (BE)

Funciones del Banco de España

Al Banco de España le corresponde mantener la estabilidad de los precios en nuestro país y apoyar la política económica general del Gobierno. También debe ejercer las funciones que le corresponden como miembro del MUS y del SEBC (Sistema Europeo de Bancos Centrales).

Funciones como Banco Central Nacional:
  • Poseer y gestionar las reservas de divisas y metales preciosos no transferidas al Banco Central Europeo (BCE).
  • Promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero y de los sistemas de pago nacionales.
  • Supervisar la solvencia y el cumplimiento de la normativa específica por parte de las entidades de crédito.
  • Poner en circulación la moneda metálica.
  • Prestar los servicios de Tesorería y actuar como agente financiero de la Deuda Pública.
  • Asesorar al Gobierno en materia económica y financiera.
  • Elaborar y publicar estadísticas relevantes.
Funciones como Integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC):
  • Definir y ejecutar la política monetaria de la Zona Euro.
  • Realizar las operaciones de cambio de divisas.
  • Poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas del Estado.
  • Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pagos en la Zona Euro.
  • Autorizar la emisión de billetes de curso legal (aunque la emisión física y puesta en circulación la realiza el BCE, los bancos centrales nacionales contribuyen a su producción).

Banco Central Europeo (BCE)

Es un órgano supranacional con personalidad jurídica propia, sujeto al principio de descentralización en la ejecución de sus funciones. Constituye el eje del Eurosistema y del SEBC, y lleva a cabo tareas de supervisión del sistema financiero como integrante del MUS.

El objetivo principal del Eurosistema es mantener la estabilidad de precios.

  • Eurosistema: Sistema de bancos centrales compuesto por el BCE y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros que han adoptado el euro.
  • SEBC: Compuesto por el BCE y los bancos centrales nacionales de todos los Estados miembros de la UE, independientemente de si han adoptado el euro o no.
Funciones del BCE y el Eurosistema
Funciones Básicas:
  • Definir y ejecutar la política monetaria de la Zona Euro.
  • Realizar operaciones en divisas coherentes con la política cambiaria establecida.
  • Poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas de los Estados miembros de la Zona Euro.
  • Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago de la Zona Euro.
Otras Funciones:
  • Contribuir a la supervisión prudencial de las entidades de crédito radicadas en los Estados miembros participantes y a la estabilidad del sistema financiero.
  • Autorizar la emisión de billetes de banco en la Zona Euro.
  • Recopilar la información estadística necesaria para llevar a cabo las funciones del SEBC.
  • Mantener relaciones de cooperación dentro de la Unión Europea y a escala internacional.
La Política Monetaria del BCE

El BCE toma decisiones para influir en el coste y la cantidad de dinero en circulación en la Zona Euro, con el fin de mantener la estabilidad de precios. El objetivo es mantener la inflación en niveles inferiores, pero próximos al 2% a medio plazo.

Los Estados miembros de la Zona Euro ceden su soberanía en política monetaria. El BCE, a través del Eurosistema, decide las estrategias y medidas a adoptar en cada momento, y los bancos centrales nacionales son los encargados de su ejecución.

Instrumentos de Política Monetaria para Modificar la Cantidad de Dinero:
Variación del Tipo de Interés

El tipo de interés es el precio del dinero, lo que se paga por el dinero prestado por las entidades financieras. La modificación del tipo de interés oficial por parte del BCE influye en los tipos de interés que los bancos comerciales aplican a sus clientes, lo cual afecta al gasto en consumo y a la inversión de las empresas.

  • Si el tipo es alto, se pedirán menos préstamos y habrá menos inversión.
  • Si el tipo es bajo, habrá más inversión porque el precio del dinero baja.
Variación del Coeficiente Legal de Caja o las Reservas Mínimas Obligatorias

Las entidades de crédito de la Zona Euro deben mantener unas reservas mínimas de fondos en el banco central nacional. El importe que cada entidad debe tener se calcula multiplicando el importe de ciertos pasivos por un porcentaje denominado coeficiente legal de caja. Este mecanismo permite controlar la cantidad de dinero en circulación.

  • Si el coeficiente aumenta, las entidades financieras deben inmovilizar más dinero, no pueden conceder tantos préstamos y, por lo tanto, el dinero en circulación baja.
  • Si el coeficiente disminuye, las entidades pueden prestar más dinero y el dinero en circulación aumenta.
Operaciones de Mercado Abierto (OMA)

El BCE inyecta o retira liquidez del sistema bancario mediante la compra o venta de activos financieros (generalmente deuda pública) a las entidades de crédito. Son el principal instrumento de política monetaria.

  • Si el BCE vende títulos, retira liquidez del sistema (disminuye la cantidad de dinero).
  • Si el BCE compra títulos, inyecta liquidez en el sistema (aumenta la cantidad de dinero).
Facilidades Permanentes

El BCE ofrece a las entidades de crédito la posibilidad de obtener o depositar liquidez a un día, con el objetivo de controlar los tipos de interés del mercado interbancario a muy corto plazo. Estas facilidades son utilizadas a iniciativa de las entidades de crédito, a diferencia de las Operaciones de Mercado Abierto (OMA), cuya iniciativa corresponde al Banco Central.

  • Facilidad marginal de crédito: Suministra liquidez a un día a un tipo de interés superior al tipo de interés principal de refinanciación.
  • Facilidad marginal de depósito: Permite a las entidades efectuar depósitos a un día en el banco central, que el BCE remunera a un tipo de interés inferior al tipo de interés principal de refinanciación.

Estas facilidades marcan un corredor para los tipos de interés a muy corto plazo en el mercado interbancario de la Zona Euro. Así, si los tipos de interés en el mercado interbancario tienden a subir por exceso de demanda de liquidez, las entidades pueden acudir a la facilidad marginal de crédito; si tienden a bajar por exceso de oferta, pueden acudir a la facilidad marginal de depósito.

Entidades de Crédito (Continuación)

Son aquellas que captan fondos del público (ahorradores) y los prestan a terceros (inversores o consumidores).

Clasificación de las Entidades de Crédito:

  • Entidades de depósito: bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
  • Resto de entidades de crédito: ICO.

Entidades de Depósito

No solo ejercen una función mediadora, sino que también tienen la capacidad de crear dinero bancario al conceder préstamos sobre los depósitos recibidos, obteniendo así un margen financiero. Estas instituciones, que crean recursos financieros, son los bancos comerciales, las cajas de ahorro y las cooperativas de crédito.

Bancos Comerciales

Características fundamentales: habitualidad, ánimo de lucro, captación de depósitos y concesión de créditos. Generalmente son sociedades anónimas de carácter privado, aunque el control del Estado sobre su actividad es significativo.

Cajas de Ahorro

Son entidades de crédito con una naturaleza jurídica especial, derivada de su origen. Su origen está vinculado a los montes de piedad. Estos eran instituciones benéficas que concedían préstamos a las clases más desfavorecidas, a menudo sin interés o a tipos muy bajos, tomando como garantía una prenda sobre los bienes. De ahí surgieron las cajas de ahorro.

Las cajas de ahorro llegaron a ser el segundo sector por orden de importancia, tras los bancos. La crisis financiera de 2008 provocó una profunda reestructuración y concentración del sector, lo que llevó a la desaparición de la mayoría de las cajas de ahorro tradicionales, transformándose en bancos o integrándose en grupos bancarios.

Cooperativas de Crédito

Son un tipo especial de sociedad cooperativa, cuya legislación se encuentra tanto en el régimen general de las cooperativas como en la legislación específica de las entidades de crédito. Su objetivo social es servir las necesidades financieras de sus socios y, en menor medida, de terceros. Realizan las operaciones propias de las entidades de crédito, aunque las operaciones con no socios no pueden superar el 50% del total.

Existen dos tipos principales:

  • Agrícolas o ganaderas: Cajas rurales. Objetivo: Proporcionar financiación a los cooperativistas de esos sectores y mejorar las condiciones de vida en el ámbito rural.
  • No agrarias, de carácter industrial y urbano: Su origen se encuentra en asociaciones gremiales y profesionales.

Resto de Entidades de Crédito

ICO (Instituto de Crédito Oficial)

Entidad pública empresarial, con naturaleza jurídica de entidad de crédito, que actúa como agencia financiera del Estado.

Objetivos: Sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional, y en especial, aquellas que, por su trascendencia social, cultural o ecológica, merezcan atención prioritaria.

Fondo de Garantía de Depósitos (FGD)

Tiene por objeto garantizar los depósitos en dinero y en valores confiados a entidades de crédito, con el límite de 100.000 euros por titular y entidad. Garantiza tanto los depósitos en dinero como los valores confiados a entidades de crédito, hasta el límite establecido.

Todas las entidades de crédito españolas están obligadas a adherirse a él, aunque no es de aplicación al ICO. Se financia con las aportaciones periódicas de las entidades adheridas.

Entidades Financieras de No Crédito (No Bancarias)

Sometidas a una regulación específica y supervisadas por el Banco de España (o la CNMV, según su actividad).

Establecimientos Financieros de Crédito (EFC)

Los EFC perdieron su condición de entidad de crédito a finales de 2013. Se trata de instituciones que son especialistas financieros, dedicándose a ejercer una o varias de las siguientes actividades:

  • Concesión de préstamos y créditos.
  • Factoring.
  • Leasing (arrendamiento financiero).
  • Renting (arrendamiento operativo).
  • Concesión de avales y garantías y suscripción de compromisos similares.

Tienen prohibido captar fondos del público en forma de depósitos, lo que implica que no están adheridos al Fondo de Garantía de Depósitos. Se financian principalmente a través de aportaciones de sus socios y emisiones en los mercados financieros.

Sociedades de Arrendamiento Financiero (Leasing)

Son empresas que se dedican a adquirir bienes para ceder su uso a terceros mediante un contrato de arrendamiento financiero (leasing). Este contrato suele incluir:

  • Una opción de compra al finalizar el contrato, por un precio previamente acordado con el arrendador.
  • La posibilidad de renovar el contrato de leasing, generalmente con cuotas más reducidas.
  • La posibilidad de cancelar el arrendamiento, devolviendo el bien a la entidad arrendadora.

Las empresas suelen recurrir al leasing cuando:

  • Obtienen una buena rentabilidad, pero no les interesa inmovilizar capital en la adquisición del bien.
  • Tienen escasez de recursos propios o están muy endeudadas.
  • Utilizan tecnología que queda obsoleta rápidamente.
  • Su nivel de beneficios es alto y pueden aprovechar las ventajas fiscales asociadas al leasing.

La principal diferencia con el arrendamiento operativo (renting) es que en el leasing existe una opción de compra al finalizar el contrato, que el arrendatario suele ejercer.

Entidades de Renting

El renting o arrendamiento operativo es una modalidad de alquiler a largo plazo de bienes muebles en la que, a diferencia del leasing, no existe opción de compra. Se cede el uso de un bien durante un plazo determinado a cambio de una cuota periódica. Al finalizar el contrato, el bien es devuelto a la entidad de renting.

La cuota mensual suele incluir, además del alquiler, servicios asociados como mantenimiento, seguros, impuestos, etc. El usuario queda liberado de la mayoría de los gastos asociados al uso del bien (reparaciones, mantenimiento, seguro a todo riesgo, etc.).

Entidades de Factoring

Son entidades a las que una empresa cede sus derechos de cobro (facturas) sobre sus clientes. La entidad de factoring puede anticipar el importe de las facturas y/o encargarse de su gestión de cobro.

Se distinguen dos modalidades principales de factoring:

  • Factoring sin recurso: La entidad de factoring asume el riesgo de impago por parte del deudor.
  • Factoring con recurso: La entidad de factoring gestiona el cobro, pero el riesgo de impago recae sobre la empresa cedente. Si el cliente no paga, la empresa debe asumir el importe impagado y los gastos asociados.
Entidades de Confirming

Se encargan de gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores. Ofrecen a los proveedores de la empresa la posibilidad de cobrar sus facturas antes de la fecha de vencimiento, asumiendo la entidad de confirming el riesgo de pago y las tareas administrativas asociadas.

Entidades de Dinero Electrónico (EDE)

Son personas jurídicas, distintas de las entidades de crédito, autorizadas para emitir dinero electrónico. Su función principal es transformar dinero fiduciario (efectivo o saldos bancarios) en dinero electrónico.

Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) y de Reafianzamiento

Sociedades de Garantía Recíproca (SGR)

Son entidades financieras cuyo objetivo es facilitar el acceso al crédito a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y autónomos, otorgando avales ante bancos y otras entidades financieras.

Funciones principales:

  • Conceder avales que permitan a las PYMES y autónomos acceder a la financiación bancaria en mejores condiciones y sin necesidad de aportar la totalidad de las garantías requeridas.
  • Facilitar el acceso de las empresas socias avaladas a líneas de financiación específicas y obtener mejores condiciones (tipos de interés, plazos) que las que conseguirían individualmente en el mercado.
Sociedades de Reafianzamiento

Son entidades que reafirman los avales concedidos por las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), reforzando así su capacidad de aval. Esto contribuye a reducir el coste del aval para las PYMES y autónomos socios de las SGR.

Sociedades de Tasación

Se encargan de determinar el valor de los bienes (principalmente inmuebles) que se utilizan como garantía en operaciones financieras, como préstamos hipotecarios. En el caso de préstamos hipotecarios para la adquisición de una vivienda, la entidad financiera requiere una tasación oficial del inmueble para determinar el valor de la garantía.

Entidades de Pago

Son empresas autorizadas para prestar servicios de pago. Actúan como intermediarios, facilitando la transferencia electrónica de fondos entre cuentas bancarias de usuarios y comercios.

Establecimientos de Cambio de Moneda Extranjera

Son establecimientos, distintos de las entidades de crédito, autorizados para realizar operaciones de compra y venta de moneda extranjera (divisas).

Entidades del Área del Mercado de Valores

Sometidas a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Entidades Relacionadas con los Servicios de Inversión

Tipos de Intermediarios de Servicios de Inversión:
  • Intermediarios Propios o Especializados (Empresas de Servicios de Inversión – ESI)

    Prestan servicios de inversión de forma profesional sobre instrumentos financieros como acciones, bonos, obligaciones, etc. Son:

    • Sociedades de Valores (actúan como ‘dealers’, operando por cuenta propia y de terceros).
    • Agencias de Valores (actúan como ‘brokers’, operando solo por cuenta de terceros).
    • Sociedades Gestoras de Carteras (gestionan carteras de inversión de terceros).
    • Empresas de Asesoramiento Financiero (prestan asesoramiento en materia de inversión).
  • Intermediarios Financieros Generales (Bancos)

    Son las entidades de crédito (entidades de depósito) que, además de su actividad principal, están autorizadas para operar en el mercado de valores. Son:

    • Bancos.
    • Cajas de ahorro.
    • Cooperativas de crédito.

Entidades Relacionadas con la Inversión Colectiva

Las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) captan fondos de múltiples inversores para constituir un patrimonio común, que es invertido profesionalmente en diversos activos (valores, bienes inmuebles, etc.). Permiten a los partícipes obtener rendimientos proporcionales a los resultados de la inversión colectiva.

Fondo de Garantía de Inversores (FOGAIN)

La protección de los inversores en España se articula principalmente a través de dos mecanismos:

  • El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD): Cubre los depósitos en dinero y valores confiados a entidades de crédito (hasta 100.000 € por titular y entidad).
  • El Fondo de Garantía de Inversores (FOGAIN): Ofrece una indemnización a los inversores por el efectivo o los instrumentos financieros que les hubieran confiado a Empresas de Servicios de Inversión (Sociedades de Valores, Agencias de Valores, Sociedades Gestoras de Carteras, etc.) en caso de que estas entren en situación de concurso de acreedores o sean declaradas insolventes (con un límite de 100.000 € por inversor).

Ambos fondos son complementarios y cubren diferentes tipos de entidades y productos.

Entidades del Área de Seguros

Sometidas a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

La esencia del seguro es cubrir determinados riesgos de los asegurados, de forma que si el evento dañoso se produce, estos reciben la indemnización pactada.