El Reinado de Isabel II: Periodo de Regencias (1833-1843)
El reinado de Isabel II se divide en dos periodos principales: la minoría de edad o periodo de las Regencias, que abarca la Regencia de María Cristina de Nápoles (o de Borbón) y, posteriormente, la Regencia de Espartero (1833-1843); y la mayoría de edad o Reinado efectivo (1843-1868).
1. La Regencia de María Cristina (1833-1840)
Este periodo coincidió con la Primera Guerra Carlista. La regente se apoyó en los liberales, a pesar de que sus ideas eran absolutistas. Con Cea Bermúdez como Jefe de Gobierno, se llevó a cabo la división provincial de España en 49 provincias, obra del ministro Javier de Burgos a finales de 1833. Esta medida buscaba centralizar y unificar el territorio, que antes poseía numerosas jurisdicciones señoriales, eclesiásticas y reales.
Dado que sus reformas resultaron insuficientes para los liberales, María Cristina se vio obligada a nombrar como Jefe de Gobierno a Martínez de la Rosa, un liberal moderado. Sus principales objetivos fueron realizar la transición hacia el liberalismo y detener la insurrección carlista.
El Estatuto Real de 1834
En 1834, la regente promulgó el Estatuto Real, una carta otorgada que concedía las siguientes reformas:
- Cortes bicamerales, elegidas por sufragio censitario restringido.
- Las funciones de las Cortes eran muy limitadas: principalmente, asesorar a la Corona.
- Cualquier ley, además de la aprobación de las Cámaras, necesitaba el consentimiento del rey.
- El monarca retenía la capacidad de convocar y suspender las Cortes a su antojo.
Las reformas de Martínez de la Rosa provocaron el descontento tanto de los sectores reaccionarios como de los liberales. Este hecho, junto a la guerra contra los carlistas y la epidemia de cólera, explicaron la división de los liberales en Liberales Moderados y Liberales Progresistas, así como los disturbios populares que se produjeron en el país, tales como:
- Quema de conventos.
- Asesinatos de frailes, acusados de inmovilismo absolutista.
- Incendio de fábricas, como la de Bonaplata en Barcelona (fenómeno conocido como ludismo).
En el verano de 1835, surgieron Juntas en las principales ciudades del país. Ante esta situación, la Regente nombró como Jefe de Gobierno a Juan Álvarez Mendizábal, un liberal progresista, quien inició una serie de reformas. La más conocida fue la Desamortización de los bienes del clero regular. Además, reorganizó el ejército, creó las diputaciones provinciales, suprimió la Inquisición y los gremios, e impulsó una ley electoral que ampliaba el derecho al voto. Sin embargo, las revueltas no cesaron.
La Constitución de 1837
En 1836, un grupo de suboficiales se sublevó en La Granja (Segovia), forzando a la reina Regente a suspender el Estatuto Real y restablecer la Constitución de 1812. La Regente nombró entonces como Jefe de Gobierno a José María Calatrava, quien eligió como ministro de Hacienda a Mendizábal para continuar la labor de acabar con los restos del Antiguo Régimen y convocar elecciones a Cortes Constituyentes.
En 1837, se aprobó una Constitución de carácter progresista que establecía una monarquía constitucional. Sus principales características eran las siguientes:
- El poder legislativo era compartido entre las Cortes y el rey.
- El rey tenía amplios poderes: iniciativa legislativa, veto ilimitado, nombraba a los senadores y nombraba al gobierno, que debía proceder del partido más votado de las Cortes.
- Cortes bicamerales: los diputados del Congreso eran elegidos por sufragio censitario y directo (aumentó el número de votantes hasta los 260.000 españoles). Los miembros del Senado eran designados por el rey entre los elegidos por los electores.
- Se incorporaba una declaración de derechos individuales, se implantaba la Milicia Nacional y el jurado en los juicios.
- No se declaraba la confesionalidad del Estado, pero reconocía que la religión católica era la que profesaban los españoles y se obligaba a la Administración a mantener el culto y el clero.
Las nuevas Cortes promulgaron una serie de leyes importantes, entre las que se encontraron:
- La disolución del régimen señorial y los mayorazgos.
- La abolición del diezmo eclesiástico.
- La continuación de la desamortización.
- La elección de alcaldes y concejales por los vecinos.
- El control de la Milicia Nacional por los ayuntamientos.
Una vez publicada la Constitución, se procedió a las elecciones de unas Cortes Legislativas, a partir de las cuales se formó un nuevo gobierno.
2. La Regencia del General Espartero (1840-1843)
En las elecciones de 1838, ganaron los moderados y tomaron medidas para frenar las reformas en curso, lo que motivó la constitución de Juntas revolucionarias progresistas en ciudades y pueblos. El general Espartero asumió las demandas de las Juntas y obligó a María Cristina, la regente, a abandonar su cargo, tras lo cual él mismo fue nombrado Regente. Con Espartero se inició una práctica muy habitual en España hasta 1875: el control del poder político por parte de los militares.
Espartero gobernó de forma autoritaria: reprimió con dureza los pronunciamientos de militares moderados, como el de Diego de León, pero también provocó el descontento de los progresistas, a los que marginó del poder.
En 1842, firmó un tratado de libre comercio con el Reino Unido y se produjo la revuelta en Barcelona, en la que confluían los perjuicios que el acuerdo ocasionaba a la industria textil catalana, a la burguesía manufacturera y a los obreros. La represión que Espartero ejerció sobre Barcelona fue desmedida, llegando al bombardeo de la ciudad condal. Su actuación le hizo perder notables apoyos, y se formó en su contra una alianza en la que se integraron moderados y progresistas, que en el verano de 1843 realizaron un pronunciamiento militar que forzó la salida de Espartero de la regencia y puso al frente del país al general Ramón María de Narváez (moderado).