Se prohíbe la ejecución de horas extraordinarias durante el horario nocturno. Esta restricción no aplica en casos de jornadas especiales ampliadas según la normativa, o cuando su realización sea crucial para prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.
Está terminantemente prohibido que los trabajadores menores de 18 años realicen horas extraordinarias.