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Fundamentos de la Estructura Empresarial: Acciones, PYMES y Clasificación Legal

Posted on 14 octubre, 2025 por apuntes

Capital Social y Derechos del Accionista

Las acciones son una parte proporcional del capital, ya que todas tienen el mismo valor, y si se suma el valor de todas ellas se obtiene el total del capital social. Las aportaciones del capital de una empresa se representan mediante títulos o por medio de anotaciones en cuenta.

Representación del Capital

  • Títulos: Son documentos físicos.
  • Anotaciones en cuenta: Son inscripciones contables en las que se consigna el número de acciones que posee cada socio y las sucesivas transmisiones. Si las acciones cotizan en bolsa, es obligatorio que estén anotadas en cuenta.

Derechos del Accionista

Los accionistas poseen los siguientes derechos fundamentales:

  1. Participación en los beneficios: Derecho a participar en el reparto de beneficios sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación, de acuerdo con su participación en la sociedad.
  2. Asistencia y voto en las juntas generales: Normalmente, cada acción da derecho a un voto, aunque para algunos tipos de acciones no sucede así. El derecho de asistencia en las grandes empresas está mediatizado por el número tan elevado de accionistas y, por tanto, este derecho se limita a un número mínimo de acciones.
  3. Derecho de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones: En la ampliación de capital, los accionistas tienen preferencia a la hora de adquirir nuevas acciones.
  4. Derecho de información: Sobre asuntos a tratar en la junta de accionistas para poder emitir el voto.
  5. Derecho a impugnar los acuerdos sociales: En caso de que sean contrarios a la ley o a los estatutos.

Diferencia entre Acciones y Participaciones

Las acciones son las diferentes fracciones o partes en que se divide el capital social de una Sociedad Anónima (S.A.). Son un objeto de financiación para las sociedades y pueden ser emitidas en el inicio de la actividad empresarial, para financiar proyectos concretos o para el crecimiento de la empresa.

Transmisibilidad

  • Acciones: Son libremente transmisibles. No es necesario el consentimiento de los demás socios para venderlas.
  • Participaciones: Son los porcentajes de propiedad que un inversor tiene del capital social de una Sociedad Limitada (S.L.). Estas participaciones no son libremente transmisibles en el mercado y, normalmente, requieren de la autorización del resto de socios y propietarios. No tienen un valor de mercado definido.

Clasificación de las Empresas

Según su Actividad Económica

  • Sector Primario: Agricultura, ganadería, pesca, minería.
  • Sector Secundario: Industria.
  • Sector Terciario: Servicios.

Según su Forma Jurídica

1. Responsabilidad de los Propietarios

Es el riesgo que corren los dueños de la empresa en el caso de que esta se disuelva y genere deudas. Existen dos tipos:

  • Limitada: Los promotores solo arriesgan lo que han invertido en la empresa (el capital aportado).
  • Ilimitada: La responsabilidad se extiende a todo el patrimonio personal de los propietarios.

2. Capital Aportado

Hay empresas que requieren una gran cantidad de dinero para empezar su actividad. En algunos casos, la ley exige un capital mínimo.

  • Empresas Individuales: Pertenecen a un solo propietario.
  • Sociedades: Agrupan a un conjunto de personas que tienen como finalidad la explotación de una empresa (Sociedades civiles, mercantiles, personalistas, capitalistas, de interés social).

Según su Dimensión

  • PYMES: Microempresas, empresas pequeñas y empresas medianas.
  • Grandes Empresas.

Según la Titularidad del Capital

  • Empresas Privadas: Su capital está en manos de particulares, ya sean personas físicas o jurídicas.
  • Empresas Públicas: Son propiedad exclusivamente de un organismo público (el Estado, una comunidad autónoma, un ayuntamiento, etc.).
  • Empresas Mixtas: El Estado y el sector privado se reparten su capital. A efectos prácticos, cuando más del 50% del capital de una empresa está en manos del Estado, se suele considerar pública.

Según su Ámbito Geográfico

  • Locales
  • Nacionales
  • Multinacionales
  • Globales

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES)

Consideramos pequeña la empresa con menos de 50 trabajadores y un volumen de ventas en torno a los 5 millones de euros al año.

Características de las PYMES

  • Son muy numerosas: Más del 99% de las empresas españolas son PYMES.
  • Tienen un carácter familiar: Es muy frecuente que la mayor parte de este capital lo controle una familia.
  • Los propios dueños llevan la gestión.

Ventajas de las PYMES

  • Flexibilidad: Se deriva de su escasa dimensión, lo que permite la posibilidad de adoptar decisiones rápidamente.
  • Especialización: Realizar una actividad muy concreta y especializada. Es lo que se conoce como nicho de mercado.
  • Facilidad en la comunicación: En las PYMES, el contacto entre empresarios y trabajadores es diario y bastante cercano.
  • Cercanía con los clientes: El trato con los clientes es mucho más directo y cordial en una PYME que en una gran empresa.
  • Generación de empleo: Normalmente, las actividades que realizan las PYMES requieren bastante mano de obra.

Inconvenientes de las PYMES

  • Poca capacidad económica: Lo que hace que no puedan afrontar proyectos rentables.
  • Dificultades en el acceso a las fuentes de financiación: Las entidades financieras necesitan garantías a la hora de conceder préstamos; una empresa grande genera mucha más confianza a un banco que una pequeña.
  • Cierto atraso tecnológico: Al no disponer de recursos financieros suficientes, las PYMES no pueden acceder a las últimas tecnologías, sobre todo en lo referente a la maquinaria.
  • Bajo poder de negociación con los proveedores: Lo que aumenta sus costes y les impide poner precios bajos para atraer a sus clientes.
  • Inexistencia de economías de escala: Lo que también les supone costes superiores a los de las grandes empresas.
  • Falta de formación del personal: Las PYMES no disponen de recursos para desarrollar costosos programas formativos.
  • Dificultad para acceder a nuevos mercados: Tanto nacionales como internacionales.

Clasificación de Empresas según la Unión Europea

Tradicionalmente, las empresas se dividen según su tamaño en pequeñas, medianas y grandes. Al conjunto de las dos primeras se les denomina, de manera abreviada, PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas). A estos tres grupos se les ha sumado un cuarto: las microempresas, que también se incluyen dentro de las PYMES.

Existen muchas subvenciones públicas destinadas a las pequeñas y medianas empresas. Para que una empresa pueda acogerse a ellas, debe demostrar su condición de PYME. La legislación de la Unión Europea establece dos criterios para clasificar a una empresa como PYME:

  1. Número de empleados.
  2. Volumen de negocio o balance general.

Criterios de Clasificación de la UE

Tipo de EmpresaNº de EfectivosVolumen de NegocioBalance General
Microempresa<10 personas≤2.000.000€≤2.000.000€
Pequeña<50 personas≤10.000.000€≤10.000.000€
Mediana<250 personas≤50.000.000€≤43.000.000€
PYMES≤250 personas≤50.000.000€≤50.000.000€
Grandes>250>50.000.000€>50.000.000€

Para encuadrar a una empresa en uno u otro apartado, debe cumplir dos condiciones: la referida al número de empleados y al menos una de las otras dos (o el volumen de negocio o el balance general).

El Empresario Individual (Autónomo)

El empresario individual es la forma más simple de empresa: el clásico autónomo que realiza una actividad por su cuenta con o sin ayuda de empleados.

Requisitos para ser Empresario Individual

Se define como la persona física que, disponiendo de la capacidad legal necesaria, ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional. Los requisitos son:

  • Tener la mayoría de edad.
  • Ejercer la actividad de manera habitual.
  • Debe tener plena disponibilidad de los bienes propios.

Aspectos Legales y Fiscales

  • No tiene una regulación legal específica y está sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio en materia mercantil y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
  • Para constituir este tipo de empresas no se requiere un capital mínimo.
  • El nombre de la empresa ha de coincidir con el titular.
  • Los empresarios individuales tributan a través del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), ya que el beneficio de la empresa está considerado como individual.

Ventajas e Inconvenientes

Es una forma idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño y es la forma que conlleva menos gestiones para su constitución.

Ventajas

  • Los trámites de constitución son más fáciles.
  • Poco capital necesario.

Inconvenientes

  • El empresario responde a las deudas con su patrimonio personal (responsabilidad ilimitada).
  • No se tienen socios.
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