Modelo de préstamo de dinero con intereses en Venezuela

Préstamos e intereses


Concepto de préstamo


 El préstamo es una operación financiera que en ella se identifican dos partes, una llamada prestamista o acreedor que entrega una cosa propia y otra llamada prestatario que lo recibe y se compromete a devolverlo en un lapso de tiempo y pagar unos intereses en los vencimientos señalados en el contrato. También puede haber una tercera parte llamada garante que se compromete o asume la deuda del prestatario en caso de que este falle.

Tipos de préstamo


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Según el código civil venezolano
hay dos figuras que son
el contrato de comodato y contrato de mutuo o simple.

a) Artículo 1724:
El comodato o préstamo de uso es un contrato por el cual una de las partes entrega a otra gratuitamente una cosa para que se sirva de ella, por tiempo o para uso determinados, con cargo de restituir la misma cosa.
b) Artículo 1735:
El mutuo es un contrato por el cual una de las partes entrega a otra cierta cantidad de cosa, con cargo de restituir otras tantas de la misma especie y calidad. En la práctica diaria es poco común los casos de contrato de comodato y también es poco común un contrato mutuo donde la cosa no se refiera a dinero, ya que, el préstamo de dinero es concertado como uno de los medios idóneos para satisfacer las necesidades del prestatario. 

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Según una entidad financiera, puede haber dos tipos de préstamos
y varían de acuerdo a la garantía que tiene la entidad en caso de producirse un impago del prestatario.
A)

Préstamos personales

El que contrata un préstamo personal ofrece como garantía todos sus bienes, presentes y futuros que, según el caso, pueden ser muchos o pocos.
B)

Préstamos hipotecarios:

El titular de un préstamo hipotecario ofrece, además de la garantía personal, el propio bien inmueble hipotecado, que pasará a ser propiedad de la entidad financiera. En general, los préstamos personales tienden a un tipo de interés más alto y un plazo de amortización más corto que los hipotecarios, ya que, resultan más caros y disponemos de menos tiempo para devolverlos.

Interés:


El interés es el beneficio que obtiene el acreedor del dinero que ha dado en préstamo, es decir, es el fruto producido por el dinero prestado y está reconocido en el código civil venezolano en el artículo 1745 que dice: se permite estipulas intereses por el préstamo de dinero, frutos u otras cosas muebles. Bajo la economía de mercado, el pago de intereses por préstamos se considera muy conveniente, puesto que la carga que implica el pago de intereses, permite la correcta asignación de fondos disponibles para aquellos proyectos en los que sean más rentables y productivos.


Tipos de interés


 Según impuesto y comisiones de dividen en interés bruto e interés líquido.


Se entiende por interés bruto
el rendimiento que da el dinero sin descontar comisiones ni impuestos, e interés líquido al que resulta de descontar impuestos y comisiones. 

Según su valor nominal durante el lapso del préstamo


A)

Tipos fijos:

Su valor nominal no cambia durante toda la vida del préstamo. Tienen la ventaja de que se sabe en todo momento cuál es y será el importe de sus cuotas. Tienen el riesgo de quedarse desfasados respecto de la evolución del mercado.
B)

Tipos variables:

Tras un primer periodo a tipo fijo, están referenciados a un índice que evoluciona al alza o a la baja según las oscilaciones del mercado, por lo que combinan la ventaja de la certidumbre de las cuotas en el primer tramo de la vida del préstamo y su adaptación a la evolución del mercado a largo plazo.

Préstamos en el área de la construcción, requisitos y tipos de amortización

 Conforme a lo mencionado anteriormente, en el área de la construcción tiende haber contrato mutuo y a su vez préstamos personales con intereses de tipo fijo, denominado préstamo a interés, donde existe efectos jurídicos del contrato de préstamo como son:
a) La trasferencia de la propiedad de las cosas dadas en préstamo (art 1736 del código civil)
b) La devolución de las cosas prestadas, definíéndose: plazo, lugar y forma de realizarse la devolución (art 1743, art 1744 del código civil, entre otros

). C)

Falta de pago de los intereses (art 1167 del código civil)

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De acuerdo a las necesidades de la empresa constructora, ésta optara por la más satisfactoria entre las entidades financieras que ofrecen los beneficios del préstamo a cambio de intereses, pero a su vez la entidad financiera exige una serie de requisitos que puede ser un poco extensa, en línea general se mencionan:
A)

Documentación financiera

Estado financiero, cuenta bancaria, flujo de efectivo, deudas, etc.

B) Documentación del proyecto:

Descripción del proyecto, presupuesto de la obra, cronograma de la obra, curriculum del ingeniero a cargo, relación de precios de vivienda si es el caso, etc.

C) Documentación de la garantía:

Planos aprobados por el ministerio competente, certificado de título de propiedad, certificación del estado jurídico del inmueble, impuesto sobre la propiedad, etc.

D) Documentación legal de las partes

Estatus de la entidad, registro mercantil actualizado, formulario de solicitud del préstamo, cedula de identidad, pasaporte o Rif, gastos de tramitación, etc. 
Existen múltiples formas de amortizar un préstamo debido a que las partes pueden pactar las condiciones, las más comunes son:

A) Pago único al final


B) Pago de intereses periódicamente y paga de capital final


c) Pago de capital en cuotas iguales e intereses sobre saldo. D) Pago de capital e intereses en cuotas uniforme.