Renuncia de la parte indivisa a favor de hermano

 La sucesión es la transmisión de derechos de una persona a otra, de tal manera que en adelante ésta pueda ejercerlos en su propio nombre”. El CCCN ha definido en su artículo 400 los distintos tipos de sucesores que se reconocen: “sucesor universal es el que recibe todo o una parte indivisa del patrimonio de otro, sucesor singular el que recibe un derecho en particular”. Sucesores son aquellas personas a las cuales se transmiten los derechos de otras personas, de modo que en adelante Sigue leyendo