La Política Exterior Borbónica: Los Pactos de Familia
Los Pactos de Familia fueron acuerdos firmados con Francia que caracterizaron la política exterior de los Borbones españoles.
A partir de 1728 y hasta la muerte de Felipe V (1746), el ministro Patiño propició la aproximación a Francia con la firma de los dos primeros pactos de familia con los Borbones franceses, en 1733 y 1743. El enemigo común era Inglaterra, y como fruto de esos acuerdos, dos hijos de Felipe V accedieron a tronos italianos.
Estos dos primeros pactos de familia no dieron resultados significativos, y durante el reinado de Fernando VI se adoptó una política exterior más neutral y pacífica. A partir del acceso al trono de Carlos III, España volvió a involucrarse en la política europea, firmando el Tercer Pacto de Familia en 1761, que llevó a España a varias guerras junto a Francia contra Inglaterra, y luego en apoyo de los independentistas del Norte (Guerra de Independencia de EE. UU.).
El Antiguo Régimen en España: Estructura Política y Económica
Características Políticas: Absolutismo y Despotismo Ilustrado
El Absolutismo fue la forma de poder predominante. En el siglo XVIII, se desarrolló el Despotismo Ilustrado, caracterizado por la utilización del poder real para promover la realización de reformas sociales y económicas sin cambiar el sistema político. Su lema era: “Todo para el pueblo, pero sin el pueblo”.
El poder del rey era casi ilimitado. El absolutismo se basaba en los siguientes principios:
- La Soberanía: Capacidad de tomar decisiones que reside en el rey.
- El Estado es patrimonial y propiedad de la Corona.
- El poder del rey es absoluto, su autoridad está por encima de las leyes.
- Concentración de los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial) en el monarca.
- La administración territorial dependía del régimen social.
Características Económicas: Economía Agraria y Preindustrial
La economía era agraria, dirigida y preindustrial. La Corona intervenía en la perpetuación del orden social mediante la regulación de las actividades económicas. La escasa aplicación de tecnología y la producción muy lenta provocaban crisis de subsistencia, que por la escasez solían generar hambrunas.
Características principales:
- Economía predominantemente agraria.
- La apropiación del suelo provenía de títulos nobiliarios feudales.
- La propiedad civil permitía la libre disposición del patrimonio.
- Señorío: En Europa Central y Oriental, los vasallos debían realizar trabajos forzados y estaban vinculados a las tierras del señor. En Europa Occidental, la autoridad del señor se limitaba a ejercer poder sobre un determinado territorio.
- Sistema gremial (tres niveles: aprendiz, oficial y maestro).
El sistema se caracterizaba por una economía cerrada:
- La propiedad no podía traspasarse (mayorazgos, manos muertas).
- Pervivencia de monopolios y vestigios del régimen señorial (existencia de aduanas señoriales).
- Artesanos obligados a inscribirse en gremios. En el siglo XVIII se desarrollan las manufacturas.
- Comercio regulado.
La Centralización del Poder Borbónico y los Decretos de Nueva Planta
La Guerra de Sucesión y la Unificación Territorial
La muerte sin descendencia de Carlos II de Austria desencadenó la Guerra de Sucesión en torno a dos candidaturas: la del Archiduque Carlos de Austria y la de Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV de Borbón.
Los Decretos de Nueva Planta y la Unificación
Los Decretos de Nueva Planta se aplicaron progresivamente. En todos ellos se eliminaban los consejos de los respectivos reinos (Corona de Aragón), introduciendo las leyes de Castilla, sus tribunales, chancillerías y audiencias.
Consecuencias de la unificación según el modelo de Castilla:
- Liquidación del sistema de gobierno de los Austrias, imponiendo el poder absoluto del rey y el sometimiento de todos sus súbditos.
- Desaparición de los antiguos reinos.
- Unificación del gobierno y la hacienda en todo el territorio.
- Solo quedó el Consejo de Castilla.
- Corte única.
- Un solo derecho en todo el territorio.
- Una sola lengua (se impuso el castellano).
La Centralización Administrativa
La voluntad de imponer un modelo de centralización del poder llevó a una reforma integral de la administración de la Corona. El gobierno quedó en manos de cinco Secretarios de Despacho. El Secretario de Estado asumió el poder principal y actuó como primer ministro.
La administración territorial se reformó, dividiéndose el reino en provincias con tres órganos de poder:
- Las Audiencias: Máxima autoridad judicial.
- Capitanías Generales: Autoridad militar.
- Intendentes: Autoridad civil y económica.
De esta manera, la Corona controlaba todo el territorio.
Centralización Económica
La Introducción de la Nueva Planta significó el fin de las exenciones fiscales de los reinos aragoneses, mientras que Castilla mantuvo los impuestos tradicionales.
Se creó un banco nacional, el Banco de San Carlos (1782), antecedente del Banco de España. El poder central se encargaba de estimular todos los aspectos de la economía y se trató de eliminar las trabas que impedían su desarrollo.
La Constitución de Cádiz de 1812: El Nacimiento del Liberalismo Español
El Hito de 1812
Las Cortes de Cádiz, convocadas y reunidas a partir de 1810, promulgaron el 19 de marzo de 1812 la primera Constitución histórica española. Fue elaborada por unas Cortes constituyentes y estableció principios fundamentales:
- La soberanía nacional.
- La división de poderes.
- La libertad de expresión.
- El sufragio universal masculino.
- La administración centralista.
Solo presentaba un talante conservador en cuanto a la confesionalidad del Estado. No tuvo apenas vigencia, ya que Fernando VII la derrogó en 1814.
Importancia y Valoración de la Constitución de 1812
Es un texto muy extenso en el que se regulan con detalle las cuestiones relacionadas con la vida política y los derechos de los ciudadanos. Así pues, inaugura la historia constitucional de España.
Tenía un carácter progresista y fue un hito fundamental que gozó de amplia influencia en Europa y América. Integró elementos tradicionales, conservadores y progresistas, explicable por la participación conjunta de ambas tendencias en su elaboración.
La Constitución no tuvo vigencia real en España a causa de la guerra y Fernando VII la abolió en 1814. Solo tuvo vigencia en el Trienio Liberal (1820-1823) y unos meses de 1836. Como símbolo del deseo de libertad, la Constitución queda viva en el recuerdo a lo largo de los siglos.
Conclusiones sobre el Siglo XVIII y la Crisis del Antiguo Régimen
El único poder que mantuvo la prerrogativa para oponerse al absolutismo monárquico y al gobierno central fue la Iglesia. Según el Catastro de Ensenada, la Iglesia poseía mucha riqueza.
La política de sumisión del poder de la Corona sobre la Iglesia se conoce como Regalismo.
España, como Estado, se dotó de símbolos de identidad. Carlos III, en especial, se glorificó por la modernización de Madrid.
A pesar de los esfuerzos:
- Fracasaron las reformas económicas estructurales.
- La estructura absolutista y de sociedad estamental no hizo sino aumentar el descontento de sus súbditos, especialmente de la burguesía, sentando las bases para la crisis del Antiguo Régimen.