Conceptos Esenciales de la Normativa Laboral

Derecho Laboral

Es el conjunto de normas y principios que se encargan de regular y garantizar, mediante reglas jurídicas, el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

Este limita la acción de los empleadores a fin de proteger al actor más débil de la relación (relación empleado-empleador). Es importante que siempre se adapte a las nuevas condiciones y particularidades que la realidad impone.

Garantiza y regula: el salario, las horas de trabajo, los tipos de contratos y los despidos, entre otros.

Trabajo: toda actividad realizada por un individuo con el propósito de producir bienes y servicios, a cambio de obtener una remuneración económica.

Obligaciones y faltas en la relación laboral

TRABAJADOREMPLEADOR
Revelación de información confidencialRevelación de información personal
No denunciar irregularidades de la empresaTratamiento discriminatorio
Trabajar en otro empleo mientras se encuentra con licencia por enfermedadHostigamiento buscando su renuncia

Principios del Derecho Laboral

Son las ideas fundamentales de la organización jurídico-laboral, con función informativa, normativa e interpretadora.

  • Principio protector: Procura proteger a la parte más débil del contrato laboral (el trabajador).
    • Indubio Pro Operario: En caso de duda, se interpreta a favor del trabajador.
    • Regla de la condición más beneficiosa: Una nueva norma no puede empeorar las condiciones que ya tiene un trabajador.
    • Regla más favorable: Se aplica la norma que resulte más beneficiosa para el trabajador.
  • Principio de irrenunciabilidad: Prohíbe que el titular renuncie a un derecho establecido en una norma imperativa.
  • Principio de continuidad: Procura mantener al trabajador en su empleo.
  • Principio de la primacía de la realidad: Se prioriza la realidad de la relación de trabajo sobre los documentos o contratos escritos.
  • Principio de la razonabilidad: Los integrantes del contrato deben ejercer sus derechos y deberes con sentido común.
  • Principio de buena fe: La relación debe llevarse a cabo bajo este principio; de lo contrario, deberá demostrarse.

Consecuencias: Ante el incumplimiento, el trabajador puede enfrentar despido por notoria mala conducta, mientras que el empleador puede incurrir en despido abusivo.

Contrato de Trabajo

El contrato típico es aquel regulado específicamente por la ley. El contrato atípico carece de regulación propia y es definido por las partes.

Los elementos esenciales son: actividad personal (no sustituible), subordinación (bajo órdenes), onerosidad (pago de salario) y durabilidad (estabilidad).

Elementos de los contratos atípicos

  • Contratos a tiempo parcial (part-time).
  • Contratos de tiempo determinado.
  • Teletrabajo (modalidad a domicilio).
  • Multi-empleo.

Potestad Disciplinaria del Empleador

Es la facultad de aplicar sanciones ante el incumplimiento de normas o instrucciones.

  • Faltas: Acciones u omisiones perjudiciales (llegadas tarde, faltas injustificadas, bajo rendimiento, etc.).
  • Sanciones: Observación, amonestación, suspensión sin goce de sueldo, multa (reparación de daño), traslado y despido.

Limitación de la Jornada Laboral

  • Industria: 48 horas semanales. Descanso semanal de 24 horas (domingo).
  • Comercio: 44 horas semanales (semana inglesa). Descanso semanal de 36 horas.
  • Nota: Si se trabaja en el día de descanso, la remuneración debe ser doble.

Salario y Remuneraciones

Es la ventaja económica obtenida por el trabajo. Puede ser en dinero o en especie (vivienda, alimentación, transporte, viáticos, propinas y quebrantos de caja).

Jus Variandi

Es el derecho del empleador a introducir variaciones en el contrato, siempre que no alteren condiciones sustanciales. Si es abusivo, el trabajador puede considerarse indirectamente despedido.

Beneficios y Licencias

  • Aguinaldo: Una doceava parte del salario anual, pagado en dos cuotas (junio y diciembre).
  • Licencia Anual: 20 días por año, con incremento según antigüedad.
  • Salario Vacacional: Suma abonada para mejorar el goce de la licencia.

Feriados

Se dividen en no laborables (pago doble si se trabaja) y laborables (pago simple).