Impuesto de sociedades

Obligaciones legales profesionales en el desarrollo de su actividad


Obligaciones fiscales de los profesionales referidas al IRPF.

1. Pagos fraccionados: los profesionales en estimación directa en cualquiera de sus modalidades (normal o simplificado) deberán efectuar 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) a cuenta del impuesto sobre la renta.

Trimestralmente la cantidad a ingresar será el 20 % de la diferencia entre los ingresos y los gastos desde el inicio del año hasta el último día del trimestre(rendimiento neto). De la cantidad resultante se deducirán los pagos fraccionados ingresados en trimestres anteriores del mismo año y las retenciones e ingresos a cuenta soportados desde el 1 de Enero hasta el último día del trimestre a que se refiere el pago fraccional. Si en algún trimestre no resultase cantidad a ingresar, se deberá presentar declaración negativa. No están obligados a efectuar pagos fraccionados (previa comunicación a la agencia tributaria) aquellos profesionales en el año anterior al menos un 70% de sus impuestos procedentes de la actividad fueran objeto de retención o ingresos a cuenta. 


Forma de cálculo


  • Estimación directa normal: ( ingresos menos gastos = beneficios rendimiento neto )

  • Estimación directa simplificada : (ingresos -gastos = rendimiento neto previo) menos (5% del rendimiento neto previo) = rendimiento medio.

   17/10/2019

Las diferencias más significativas para el cálculo del rendimiento neto según el tipo de estimación son:

En el Régimen simplificar Ivo las amortizaciones se realizan de forma lineal, mientras que en la estimación directa se realizan atendiendo a las normas del impuesto de sociedades.

En la simplificación los gastos de difícil justificación y las provisiones son sustituidas por el 5% de neto previo.


2. Declaración anual de la renta:

Todo profesional tendrá la obligación de presentar la declaración de l renta donde se incorporarán entre otros los rendimientos obtenidos por la realización de las actividades económicas, restando en su caso los pagos fraccionados realizados y las retenciones efectuadas. Los datos correspondientes a la actividad profesional serán un sumando más para la determinación de la base imponible de este impuesto.


3. Declaración trimestral de retenciones a trabajadores o profesionales.(modelo 111)

Se deberán ingresar trimestralmente en hacienda en el supuesto de que te satisfaga retribuciones sujetas a retención a empleados a artistas u otros profesionales las retenciones efectuadas a los mismos.

El profesional deberá realizar las siguientes retenciones: 

-A sus trabajadores, el porcentaje fijado en tablas atendiendo a las carácterísticas personales de cada uno.

-A otros profesional, se les retendrá con carácter general el 15%. Siendo esta de 7% para el año del inicio y los 2 siguientes de actividad profesional.


4.Declaración anual de retenciones a trabajadores o profesionales.(modelo 190)

Resume de las cantidades abonadas y retenidas por el profesional durante el año por sueldos a sus empleados o por pagos a otros profesionales. Ósea es el resumen de las 4 declaraciones trimestrales del apartado anterior. En la misma se incorporarán nominativamente y uno por uno a todos y cada uno de los empleados o profesionales a los que se les haya hecho retención quitando sus datos personales así como el importa fracturado y retenido.


5. Declaración trimestral de retenciones por arrendamiento de inmuebles (model 115)

Si la persona que realiza la actividad profesional para la activación de la misma utiliza un inmueble aliado.. Deberá efectuar una retención al arrendador del 19%, cantidad que deberá ingresar trimestralmente en la agencia tributaria.

6.Resumen anual de retenciones por arrendamiento de .. (modelo 180)

Resumen de las cantidades abonadas y retenidas por el profesional durante el año por el alquiler del local, es el resumen de las 4 declaraciones anteriores del año anterior. En la misma se incorporarán nominativamente uno por uno a todos y cada uno de los arrendadores a los que se les haya realizado retención citando sus datos personales así como el importe facturado y retenido.

7.Declaración anual de operaciones con terceros.(modelo 346)

Real acción de personas o entidades con quienes se haya realizado operaciones en su conjunto supere las 3005,6 € durante el año natural, y que no hayan sido sometidas a retención, los acogidos a SII no tiene obligación de presentar el modelo 347.

8.Obligaciones fiscales profesional referidas al iva

  1. Cobrar el iva a los clientes así como entregarles la correspondiente factura.

  2. Conservar la facturas que se abonen referidas a su actividad para poder debe ir el iva soportado.

  3. Declaraciones trimestrales(modelo 306) el profesional deberá realizar 4 declaraciones trimestrales ingresando en su caso la diferencia entre el iva repercutido  a los clientes en sus facturas y el iva soportado a sus proveedores. Si algún trimestre se no resultase cantidad a ingresar se presentará declaración sin actividad o acompasar o devolver(esto último sólo en el 4 trimestre). En la actualidad existe un régimen excepcional que previa solicitud permite presentar las declaraciones de Iva de forma mensual.

  4. Declaración anual de Iva.(modelo 390) que se presentará junto con la declaración periódica del último trimestre, consiste en el resumen de las 4 declaraciones anteriores. Los acogidos al sistemas no tienen la obligación de presentarla.

  5. Si se realizan operaciones con países de la actividad europea. Se deberá poseer un número de identificación que habrá que comunicar a la persona con la que se relacione y que deberá constar con él en las facturas correspondientes. Este número es el nif precedido de las letras ES así mismo deberán presentar una declaración de carácter informativo sobre dichas operaciones(model 342)

Obligaciones legales de los profesionales referidos a la seguridad social.

Obligación por parte de los profesionales en el régimen especial de trabajadores autónomos, hecho que puede ser sustituido por la incorporación a la mutualidad de previsión del colegio profesional (el premark) todo profesional que tenga cargos a su cargo deberá 

  1. Dar de alta a sus trabajadores en el régimen de la seguridad social competente.

  2. Deducir del sueldo aquella parte correspondiente a la cuota obrera de la seguridad social.

  3. Ingresar periódicamente la cuota obrera y patronal de la seguridad social.

  4. En el caso de variaciones en la plantilla se deberán presentar los correspondientes pares de alta y de bajo en la seguridad social.

Tema 21:

Obligaciones legales de las sociedades.


Obligaciones legales de las sociedades en el inicio de su actividad.

  1. Para constituir una sociedad se deberán cimplir entre otros los siguientes requisitos:

  1.  Elección del nombre de dicha sociedad previa solicitud en el registro mercantil 

  2. Elevación en escritura pública del acuerdo de constitución y los estatutos 

  3. Liquidación ante Hacienda de actos jurídicos documentados

  4. Inscripción de de la escritura en el registro mercantil 

  5. Sellado de dicha escritura en la Agencia Tributaria

  1.  Alta en el censo: Será válido todo lo citado en profesionales adaptado a sociedades. No habrá que hacer pagos fraccionados del IRPF y si se efectuarán pagos en concepto del impuesto de sociedades. 

  2. Impuesto de actividades económicas: es válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades. 

  3. Facturación: es válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades. 

  4. Libros oficiales: toda sociedad deberá legalizar y llevar adecuadamente los siguientes libros oficiales: 

  1. Libro diario

  2. Libro mayor, es voluntario, no obligatorio

  3. Libro de balances 

  4. Libro de inventario y de cuentas anuales 

  5. Libro de actas 

  6. Libro de facturas emitidas (IVA repercutido)

  7. Libro de facturas recibidas (IVA soportado) 

  8. Libro de bienes de inversión 

  9. Libro de acciones nominativas (en su caso) 

  10. Libro de registro de socios (sociedad limitada) 

  1. Normalmente la sociedad abrirá un local para el desarrollo de su actividad debiendo obtener para ello la correspondiente licencia para actividades (declaración responsable) 

  2. Toda sociedad para contratar trabajadores deberá obtener el número patronal de la Seguridad Social 

  3. En el caso de apertura de centro de trabajo deberá comunicárselo al organismo competente

  4. Solicitud y legalización del libro de visitas 

Obligaciones legales de las sociedades en el desarrollo de su actividad.

  • Obligaciones fiscales de las sociedades referidas al IRPF.

Las sociedades no tendrán obligaciones propias respecto al IRPF, pero sí respecto de terceras personas.

  1. Declaración trimestral de retenciones a trabajadores o profesionales (modelo 111): será válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades 

  2. Declaración anual a trabajadores o profesionales (modelo 190): será válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades

  3. Declaración trimestral a sociedades por arrendamiento de inmuebles (modelo 115): será válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades

  4. Declaración anual de retenciones por arrendamiento de inmuebles ( modelo 180): será válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades

  5. Declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347): será válido lo citado en profesionales adaptado a sociedades  

  • Obligaciones fiscales de las sociedades referidas al IVA

Es válido todo lo citado en profesionales adaptado a sociedades

  • Obligaciones fiscales de las sociedades referidas al impuesto sobre sociedades

  1. Pagos a cuenta: toda sociedad tendrá la obligación de presentar 3 pagos a cuenta sobre el impuesto de sociedades (Abril, Octubre y Diciembre). En base a los beneficios obtenidos en el último ejercicio cerrado (18%) o del periodo transcurrido en el año en curso 

  2. Declaración anual del impuesto sobre sociedades: en el cual se deberá ingresar en Hacienda el 25% de los beneficios obtenidos. Lógicamente las cantidades pagadas a cuenta se restarán en la declaración anual. Para las sociedades de nueva creación tributarán el primer año en que la base imponible sea positiva y el siguiente al 15%. 

  • Obligaciones legales de las sociedades referidas al registro mercantil 

  1. Legalización de libros oficiales ante el registro mercantil. Se deberá realizar anualmente y de forma telemática. 

  2. Los administradores de las sociedades estarán obligados a dar publicidad ante el registro mercantil una serie de documentos, presentando estos para su depósito en dicho registro, dentro del mes siguiente para su aprobación 

  3. Los documentos a presentar en el registro mercantil dependerán del tipo de sociedad al que nos refiramos pudiendo ser cuentas para pymes abreviadas y normales, aunque las comunes son el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, memoria anual, certificado de acuerdos de la junta aprobando las cuentas anuales y aplicación del resultado 

  • Obligaciones legales de las sociedades referentes a la Seguridad Social

  1.  Dar de alta a sus trabajadores en el régimen competente de la Seguridad Social

  2. Deducir del sueldo aquella parte que corresponde a la cuota obrera de la Seguridad Social 

  3. Ingresar periódicamente la cuota obrera y patronal de la Seguridad Social 

  4. En el caso de variaciones de la plantilla se deberán presentar en tiempo y forma los partes de alta y baja ante la Seguridad Social

Todo esto se deberá hacer obligatoriamente de manera telemática.