Empresa mercantil

Señale la respuesta incorrecta: En la enumeración de los factores de discriminación, el art. 14 CE finaliza con una cláusula genérica, abriendo la posibilidad de discriminar por “cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, siempre y cuando se aleguen motivos de diferenciación que tengan un denominador común. Estos son:

  1. En función de las circunstancias familiares.

  2. En función de la productividad del trabajador

  3. En función de la apariencia física
  4. La situación de enfermedad Sigue leyendo