España al Servicio de Napoleón (1799-1808)
Desde 1799, Napoleón es el Primer Cónsul de Francia con poderes absolutos, y España se convierte en una mera comparsa del expansionismo de Bonaparte. En 1804, Napoleón, tras ser coronado emperador, decretó de nuevo la guerra a Inglaterra.
La alianza con Napoleón significó graves consecuencias para España:
- El fin de la potencia naval española (derrota de Trafalgar).
- La incomunicación con América.
- El desarrollo del comercio ilegal inglés con América.
Tras la derrota de Trafalgar, y dentro de la política de bloqueo continental de Napoleón contra Inglaterra, se firmó el Tratado de Fontainebleau (1807).
Por este tratado, Carlos IV concedió permiso a Napoleón para entrar con 28.000 soldados en territorio español con el pretexto de conquistar Portugal. En febrero de 1808, Murat, cuñado de Napoleón (casado con su hermana Carolina), fue nombrado lugarteniente de Napoleón en España y ocupó Madrid.
La Doble Abdicación de Bayona (Abril de 1808)
Carlos IV se arrepintió de su abdicación forzada (Motín de Aranjuez) y escribió a Napoleón. Napoleón se ofreció como mediador y citó a Carlos IV y a su hijo Fernando VII en Bayona (suroeste de Francia), en el Castillo de Marracq. Allí logró que Fernando VII abdicara en su padre (tras amenazarlo de muerte) y, al día siguiente, obligó a Carlos IV a abdicar en Napoleón. A continuación, Napoleón proclamó rey a su hermano José I Bonaparte.
La Guerra de la Independencia (1808-1814)
La Guerra de la Independencia se inició el 2 de mayo de 1808. Los madrileños, al mando de Daoíz y Velarde, atacaron a los franceses ocupantes de la capital, ante las noticias de que Fernando VII había sido secuestrado por Napoleón. Algunas de estas escenas fueron recogidas por Goya en el cuadro «El 2 de mayo: la lucha con los mamelucos», donde los madrileños atacan a un grupo de soldados egipcios (mamelucos) reclutados por Napoleón en su campaña contra Egipto. Pocas horas después, el general Murat fusiló a centenares de madrileños como escarmiento, hecho recogido en el cuadro «Los fusilamientos del 3 de mayo» de Goya.
A partir de este momento, asistimos a dos procesos paralelos:
- El militar, con el desarrollo de la guerra.
- El político, donde ante la ausencia del monarca legítimo se generó una crisis política que culminó en un proceso revolucionario que llevó a la primera Constitución liberal española, la de 1812.
La Guerra de la Independencia se divide en tres etapas:
1ª Fase: El Avance Francés hasta la Batalla de Bailén (Mayo-Julio de 1808)
En junio de 1808, un ejército de 170.000 hombres se adentró en España y se desplegó en abanico, pero se sucedieron levantamientos antifranceses por toda España. Se crearon Juntas Provinciales de Defensa en todas las capitales. Con delegados de estas juntas se formó una Junta Central Suprema de 34 miembros en Aranjuez, presidida por Floridablanca, que coordinó la guerra y pidió ayuda a Inglaterra. Las juntas provinciales se dotaron de ejércitos, destacando los de Castilla (General Cuesta), Aragón (General Palafox) y Andalucía (General Castaños).
Destacó la resistencia de algunas ciudades sitiadas como Zaragoza, que resistió gracias a sus murallas, protegida por el río Ebro, las barricadas y el papel de Agustina de Aragón y del general Palafox. Lo mismo ocurrió en Gerona y Valencia, que resistieron los bombardeos y la falta de alimentos. Los franceses abandonaron hambrientos y desmoralizados. El levantamiento generalizado desarticuló el plan francés, que consistía en controlar los principales puertos peninsulares (Barcelona, Cádiz y Lisboa).
El mariscal Dupont conquistó el centro de Castilla y trató de entrar en Andalucía, pero fue derrotado en BAILÉN (Jaén, 19-22 de julio de 1808) por la Junta de Granada y Sevilla al mando del general Castaños. Esto supuso la primera gran derrota de Napoleón en Europa y la rendición de 20.000 soldados. La derrota de Bailén demostró que los ejércitos napoleónicos no eran invencibles. Ello provocó las iras de Napoleón, que calificó a Dupont de estúpido y cobarde. José I se retiró rápidamente a Vitoria.
2ª Fase: Napoleón, la Grand Armée y las Guerrillas (1808-1812)
En noviembre de 1808, el propio Napoleón entró en España con un ejército de 250.000 hombres (la Grand Armée) y desarrolló un avance espectacular: victorias en Tudela, Burgos, Somosierra y Madrid. En menos de un mes, Napoleón entró de nuevo en Madrid (2 de diciembre de 1808). José Bonaparte volvió a Madrid, mientras que la Junta Central se refugió en Sevilla y más tarde en Cádiz. Napoleón se marchó a finales de 1808 ante las noticias de rearme de Austria.
En 1810, casi todo el territorio peninsular estaba en manos de Francia:
- Massena trató de conquistar Portugal, donde había desembarcado un ejército británico al mando del duque de Wellington, pero no logró su fin.
- Soult conquistó toda Andalucía y asedió Cádiz con 20.000 franceses, pero no pudo tomar la ciudad, protegida por una flota hispano-británica, el ejército del duque de Alburquerque (que llegó a Cádiz un día antes que los franceses) y el río Santi Petri, que fue un foso insalvable.
A estas alturas, solo quedaban libres Lisboa, Galicia, Cádiz y la España insular.
La Guerra de Desgaste y el Papel de las Guerrillas
Desde 1809, en los pueblos y ciudades se practicó la táctica de guerrillas («petite guerre»), grupos de unos 100 hombres formados por antiguos soldados, campesinos, bandoleros y curas. Hostigaban por sorpresa al enemigo, mandados por un jefe de cuadrilla. Su mejor arma era el conocimiento del terreno y el apoyo de la población. Sus objetivos solían ser pequeñas guarniciones de retaguardia, caravanas de abastecimiento y soldados rezagados.
3ª Fase: La Campaña de Rusia y el Fin de la Guerra (1812-1813)
En 1812, la guerra dio un giro definitivo: Napoleón inició la Campaña de Rusia y retiró 50.000 soldados de España para enviarlos al frente ruso. Ello provocó el desastre francés. El duque de Wellington desembarcó en Lisboa y derrotó a los franceses en La Albuera (Badajoz).
En el verano de 1812 hubo una gran ofensiva hispano-inglesa con las batallas de Badajoz, Ciudad Rodrigo y Arapiles, pero José I contraatacó y ocupó de nuevo Madrid. Wellington se retiró a Salamanca, pero con su ejército intacto. José I capituló y pasó a Francia.
Napoleón, derrotado también en Alemania, reconoció la restauración de Fernando VII por el Tratado de Valençay (diciembre de 1813), donde el monarca estaba confinado.
Consecuencias Demográficas y Sociales
La guerra causó 300.000 muertos, según unos autores, y un millón, según otros, para una población de 11 millones de habitantes. Finalmente, provocó el exilio de los afrancesados.
Las Dos Españas: El Conflicto Político
En la vertiente política, hubo dos gobiernos paralelos: el de José I Bonaparte y el de la Junta Suprema Central y las Cortes de Cádiz, posteriormente.
El Gobierno de José I Bonaparte (Afrancesados)
El pueblo tachó a los partidarios de José I de traidores, pero hoy muchos historiadores afirman su buena fe. Los afrancesados gobernaron con José I y desarrollaron importantes reformas. La primera fue el Estatuto de Bayona.
Antes de llegar a España, José I convocó en Bayona una asamblea de notables, que elaboró el Estatuto de Bayona (6 de junio de 1808), una carta otorgada que reconocía el poder casi absoluto de José I Bonaparte y la religión católica como oficial del Estado, pero también algunos derechos (igualdad ante la ley, libertad de imprenta e inviolabilidad del domicilio). El Estatuto sirvió de ejemplo, al menos parcialmente, a la Constitución de Cádiz. Más tarde, se realizaron intentos de igualdad fiscal, la desamortización de bienes de los conventos y la abolición de la jurisdicción señorial, más tarde completados por las Cortes de Cádiz.
La mayoría de la población estaba en contra de José I y de los afrancesados por considerarlo un gobierno intruso. Tras el final de la Guerra, 10.000 afrancesados tuvieron que exiliarse y abandonar el país; otros fueron detenidos y ajusticiados por los patriotas antifranceses. En 1814, Fernando VII les prohibió regresar a España. En 1820 fueron amnistiados, tras el pronunciamiento de Riego, y pudieron recuperar sus derechos civiles y sus bienes secuestrados.
El Frente Patriótico y la Junta Suprema Central
El Frente Patriótico se organizó en torno a la Junta Suprema Central en Aranjuez. Sus miembros eran reformistas como Floridablanca y Jovellanos. Tras la victoria de Bailén, la Junta Central se refugió en Sevilla y más tarde en Cádiz, cuya posición la hacía inexpugnable y, además, estaba protegida por la marina inglesa y un cuerpo del ejército al mando del duque de Alburquerque. La Junta Central nombró una Regencia de 5 miembros (enero de 1810), una especie de gobierno provisional, que convocó las Cortes de Cádiz.
Las Cortes de Cádiz (1810-1814)
Las Cortes de Cádiz son el primer eslabón del liberalismo español del siglo XIX. Comenzaron el 24 de septiembre de 1810 y prolongaron su actividad hasta la primavera de 1814. Las primeras sesiones se reunieron en el teatro cómico de la ciudad de Isla de León (actual San Fernando). Desde 1811, tras el fin de la epidemia de fiebre amarilla, pasaron a reunirse en la Iglesia de San Felipe Neri de Cádiz.
Las primeras sesiones reunieron a un centenar de diputados, pero su número aumentó hasta llegar a 300. Debido a la guerra, muchos burgueses liberales, funcionarios ilustrados e intelectuales de ciudades tomadas por los ejércitos napoleónicos se habían concentrado en Cádiz. Por ello, muchos diputados fueron elegidos como sustitutos entre las personas de cada provincia que se hallaban en la ciudad. También se buscaron suplentes gaditanos para los representantes de América.
Según Tuñón de Lara, dominaba el Estado Llano (150 profesionales liberales, abogados y funcionarios), frente a 97 clérigos, 37 militares y solo 14 nobles. Tenían un talante innovador, pero no había ni un solo campesino ni mujeres, carentes todavía de todo derecho político. Pronto surgieron tres tendencias o grupos ideológicos:
- Liberales (o innovadores): Partidarios de reformas revolucionarias y admiradores de la Revolución Francesa. Eran el “ala izquierda”. Defendían la plena soberanía nacional, un parlamento de cámara única y una Constitución liberal. Sus líderes eran Agustín Argüelles, Muñoz Torrero (sacerdote, rector de la Universidad de Salamanca y uno de los miembros de la comisión que elaboró la Constitución) o Pérez de Castro. Contaron con el apoyo de la prensa gaditana y dominaron los debates de las Cortes.
- Jovellanistas: Representaban el centro. Propugnaban una división de poderes sui generis: Rey (Poder Ejecutivo) y unas Cortes estamentales tradicionales de voto único por estamento.
- Absolutistas: Llamados despectivamente «serviles» o «inmovilistas», pretendían mantener la monarquía absolutista del Antiguo Régimen. Entre sus filas dominaban los clérigos, como el obispo de Orense, Pedro de Quevedo y Quintano, y Blas Ostolaza, cura y diputado peruano.
La Constitución de Cádiz de 1812: «La Pepa»
La Constitución de 1812 fue elaborada por una comisión de las Cortes, presidida por Ranz Romanillos. Fue aprobada por los diputados el día 19 de marzo de 1812, día de San José, por lo que se la conoce popularmente con el apelativo de la «Pepa». Es la Constitución más extensa de las habidas en España (384 artículos, divididos en 10 títulos), ya que reguló minuciosamente la organización política (elecciones, organización de ayuntamientos y diputaciones), es decir, cuestiones que son propias de leyes ordinarias.
Contenido Fundamental de la Constitución
En el Título I («España») se reconoce que la Soberanía Nacional reside en la nación y pertenece a esta el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
El Título II («Los españoles») recoge una amplia declaración de derechos del ciudadano:
- Igualdad de los españoles ante la ley.
- Libertad de pensamiento y de imprenta.
- Inviolabilidad del domicilio y propiedad privada.
- Derechos de los individuos «de ambos hemisferios» (igualdad entre peninsulares y colonias americanas).
Asimismo, hace referencia a dos deberes fundamentales: el catolicismo como religión del Estado y el reconocimiento de Fernando VII como rey de España, pero no como rey absoluto, sino constitucional.
División de Poderes
A continuación, proclama la división de poderes en los títulos Título III («de las Cortes»), Título IV («del Rey») y Título V («de los tribunales y administración de Justicia»):
- Poder Legislativo: Recae en las Cortes unicamerales, que poseen amplios poderes (elaboración de leyes, aprobación de presupuestos y tratados internacionales).
- Poder Ejecutivo: Recae en el Rey, que nombra a los ministros, pero sus decisiones deben ser refrendadas por estos. El Rey tiene derecho de veto suspensivo temporal.
- Poder Judicial: Recae en los tribunales, estableciendo los principios básicos de un Estado de Derecho.
Organización Territorial y Fiscal
Los siguientes títulos tratan de organizar el gobierno municipal, los impuestos, las fuerzas armadas y la enseñanza:
- Título VI (Gobierno Interior): Regula el nombramiento de alcaldes de los ayuntamientos por sufragio indirecto. En las Provincias habría un “Jefe Superior Político”, nombrado por el rey, precedente de los Gobernadores Civiles.
- Título VII (Hacienda): Propone crear un impuesto único proporcional a la capacidad económica de cada español y el fin de los privilegios. Se intentó establecer la Única Contribución, proyecto de Ensenada del siglo XVIII.
- Título VIII (Fuerzas Armadas): Establece la obligatoriedad del servicio militar y refuerza la Milicia Nacional, un ejército formado por ciudadanos cuya función era la defensa del sistema constitucional.
- Título IX (Instrucción Pública): Establece que, a partir de 1830, todos los españoles deberían saber leer y escribir. El Art. 366 establecía que en todos los pueblos de la Monarquía se crearían escuelas de primeras letras.
- Título X: Establecía que no podrían introducirse enmiendas en el plazo de 8 años.
Valoración Histórica de la Constitución de 1812
La Constitución de Cádiz se inspiró en la Constitución francesa de 1791. Según Sánchez Agesta (“Historia del Constitucionalismo español”), fue una Constitución cerrada, es decir, aquella que invalida el acceso al poder de otro partido de signo contrario sin modificar la propia constitución. Solo duró 2 años, un mes y 14 días. Fue derogada por Fernando VII y, más tarde, impuesta durante el Trienio Liberal (1820-1823) y en 1836 tras el Motín de la Granja. Sirvió de modelo liberal en España, Latinoamérica, Portugal, Piamonte y Polonia, durante las revoluciones de 1820 y 1830.
La Obra Legislativa de los Legisladores Gaditanos
La Constitución fue la obra más importante de las Cortes de Cádiz, pero, junto a ella, se promulgaron otras leyes que suprimieron las estructuras políticas, económicas y sociales del Antiguo Régimen por las de un Estado Liberal. Las más importantes fueron:
- El decreto de libertad de imprenta, que suprimía la censura para los escritos políticos, no así para los religiosos.
- Medidas de liberalización económica como la ley de industria que derogó los gremios.
- La ley agrícola, que establecía libertad para plantar cualquier cultivo, vender a precio libre y cercar las propiedades, para acabar con los derechos comunales tradicionales de espigueo y rastrojeras.
- Se suprimió el Honrado Concejo de la Mesta, reconociendo el derecho de los pueblos a acotar sus tierras comunales.
- Se suprimió la Inquisición, al considerarla un obstáculo a la libertad de pensamiento y el desarrollo de las ciencias.
- Se inició una desamortización eclesiástica, interrumpida por el regreso de Fernando VII.
- Destacó la ley de Señoríos de 6 de agosto de 1811, que suprimió los señoríos laicos y eclesiásticos y los privilegios de los señores, como sus tribunales especiales, el nombramiento de las autoridades municipales o el cobro de rentas señoriales. La nobleza terrateniente aceptó la pérdida de sus atribuciones jurisdiccionales, pero se negaba a perder lo que consideraban tierras propias. Ello provocó innumerables pleitos entre los campesinos y sus antiguos señores. Según Salvador de Moxó, los jueces daban la razón sistemáticamente a los antiguos señores, quienes continuaron manteniendo el dominio de las tierras. En definitiva, los pobres jornaleros y pelentrines siguieron siendo dependientes de las grandes casas señoriales.
El Regreso de Fernando VII y el Sexenio Absolutista
La Constitución de 1812 y el resto de leyes gaditanas fueron el primer eslabón del liberalismo español del siglo XIX, e incluso influyeron en los movimientos liberales de Italia y Latinoamérica. Pero su vida fue muy efímera. En marzo de 1814, Fernando VII regresó desde el Castillo de Valençay a España. El 10 de mayo entró en Madrid con el apoyo de los diputados absolutistas (serviles) y de la población al grito de «¡Viva el Rey! ¡Muera la Constitución!».
Así nació el Sexenio Absolutista (1814-1820). El rey invalidó la Constitución y los decretos de las Cortes de Cádiz y anunció la vuelta al absolutismo y al Antiguo Régimen: restableció la Mesta, la Inquisición y anuló la libertad de prensa. ¡Había vuelto el absolutismo!