Gestión de Personal y Desarrollo Profesional
Evaluación del Desempeño y Control del Personal
- Dar a conocer a los trabajadores sus puntos fuertes y sus puntos débiles, así como las áreas en las que deben mejorar.
- Estimular a los trabajadores para mejorar la consecución de los resultados.
- Detectar el grado de adecuación de la persona al puesto de trabajo.
Clima y Satisfacción Laboral
- Permanencia del personal en la empresa.
- Buenos canales de comunicación.
- Sistema de retribución e incentivos.
- Motivación psicológica.
Administración de Personal
Su función es gestionar todos los trámites que comporta el personal de la empresa:
- Selección y formalización de contratos.
- Tramitación de nóminas y seguros sociales.
- Control de derechos y deberes del trabajador, como vacaciones, etc.
El Trabajo: Conceptos Fundamentales
El trabajo es el conjunto de tareas y actividades que las personas desarrollan dentro de la empresa. Es la aportación del elemento humano en la empresa como factor de producción.
Características esenciales del trabajo por cuenta ajena:
- Voluntariedad: La persona decide si trabaja o no.
- Por cuenta ajena: Se trabaja para otra persona o entidad en la empresa.
- Remuneración: Es el salario obligatorio que se debe retribuir a cambio de la actividad laboral.
- Subordinación: El empresario es quien dirige y toma las decisiones de la actividad laboral.
Derechos y Deberes Laborales
- Básicos: Huelga, reunión, libre sindicación.
- Derechos relacionados con el trabajo: No ser discriminado, respeto a la intimidad y a la dignidad, percepción puntual del salario.
- Deberes fundamentales: Obedecer las órdenes e instrucciones, contribuir a la mejora de la productividad.
El Marco Laboral
El marco laboral está regulado por diversas normativas:
- El Estatuto de los Trabajadores.
- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
- Las normas laborales de la Unión Europea.
- Los convenios colectivos.
- El contrato de trabajo.
El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo está formado por los siguientes elementos:
- Contenido de la prestación laboral: Es el tipo de trabajo que se realiza.
- Duración: Puede ser de tiempo indefinido (fijo) o por duración determinada (temporal).
- Remuneración salarial: Incluye el salario mensual, las pagas extras, etc.
- Periodo de prueba: Suele durar 6 meses para técnicos titulados; para el resto de trabajadores, es de 2 meses, excepto si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, en cuyo caso será de 3 meses.
- Tiempo de trabajo: Se fija la duración de la jornada laboral, los descansos, las vacaciones y las horas extras.
- Forma del contrato: Se puede formalizar de forma escrita o verbal, siguiendo un modelo específico para cada modalidad. Debe ser escrito si la duración es superior a 4 semanas o si la modalidad de contrato así lo exige.
Modalidades de Contratación
Contratos de Duración Indefinida
No se fija una fecha determinada de finalización. Se conocen como trabajo fijo y constituyen la plantilla estable de la empresa.
Contratos Temporales
Se fija una fecha determinada de finalización de la relación laboral. Existen, según su tipo, los de duración determinada y los formativos.
Contratos de Duración Determinada
Generalmente, deben formalizarse por escrito. Contemplan una indemnización de ocho días de salario por año trabajado (excepto en los contratos de interinidad). La duración es la que se estime, y requieren un preaviso de 15 días de antelación. Los contratos eventuales tienen una duración máxima de 6 meses.
Su objetivo varía según la modalidad:
- Contrato Eventual: Cubre circunstancias de la producción.
- Contrato de Interinidad: Sustituye a trabajadores con derecho a reserva de puesto.
- Contrato por Obra o Servicio Determinado: Para la realización de una obra o prestación de un servicio específico.
Contratos Formativos
Existen dos tipos principales:
- Contrato en Prácticas:
- Duración: Mínimo 6 meses y máximo 2 años.
- Prórrogas: Se permiten dos prórrogas, siempre que la duración total no supere los 2 años.
- Formalización: Debe ser por escrito.
- Excepciones: No se tiene en cuenta el tiempo si la formación está incluida en los estudios.
- Objetivo: Permite al trabajador aplicar sus conocimientos académicos y adquirir experiencia profesional.
- Requisitos: Poseer título universitario o de formación profesional.
- Contrato para la Formación y el Aprendizaje:
- Duración: Mínimo 1 año y máximo 2 años.
- Prórrogas: Se permiten prórrogas hasta un máximo de 12 meses adicionales.
- Formalización: Debe ser por escrito.
- Excepciones: No se puede realizar si el trabajador ya ha ocupado un puesto similar por un periodo superior a 12 meses.
- Objetivo: Busca la cualificación profesional del trabajador, alternando actividad laboral retribuida con formación.
- Requisitos: Tener entre 16 y 24 años (con excepciones para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión).
El Salario y la Nómina
El Salario
El salario es la totalidad de percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena, ya sea como retribución por el trabajo efectivo o por los periodos de descanso computables como trabajo.
El salario en especie nunca podrá ser superior al 30 % de las percepciones totales del trabajador.
La empresa debe abonar a la Seguridad Social un importe conocido como Cotizaciones Sociales.
La Nómina
La nómina o recibo justificativo del pago del salario es el documento que la empresa entrega al trabajador como liquidación del salario. Consta de las siguientes partes:
- Encabezado: Figuran los datos de la empresa y del trabajador.
- Devengos: Es el salario bruto, compuesto por las percepciones salariales y las no salariales.
- Deducciones: Del importe total devengado por los trabajadores, la empresa debe efectuar una serie de deducciones. Destacan las cotizaciones a la Seguridad Social y el IRPF, cuyo porcentaje se aplica al salario bruto, considerando el número de hijos o dependientes a cargo del trabajador y el rendimiento bruto anual.
- Total a percibir: Es la diferencia entre el salario bruto total y el total de las deducciones. Constituye el conocido salario neto o líquido.