Real Decreto declarando la Venta de Bienes del Clero (1836)
Clasificación:
El texto es una fuente primaria de tipo legislativo, ya que es un Real Decreto emitido por el gobierno español en 1836. Su contenido es político, social y económico, pues ordena la venta de bienes eclesiásticos para reducir la deuda pública y fomentar la economía.
El decreto fue promulgado en nombre de Isabel II, pero en realidad fue impulsado por Juan Álvarez Mendizábal bajo la regencia de María Cristina de Borbón. Está dirigido a la sociedad española, especialmente a los posibles compradores de los bienes desamortizados. Su intención es debilitar el poder económico de la Iglesia y fortalecer el Estado liberal.
Se enmarca en la España de 1836, un periodo de reformas liberales en plena Primera Guerra Carlista.
Análisis del contenido:
El decreto establece que los bienes de las comunidades religiosas disueltas pasarán a venta pública para mejorar la economía nacional. También indica que algunos edificios, por su uso público o valor histórico, serán excluidos.
Entre los términos clave, “desamortización” se refiere a la expropiación de bienes eclesiásticos para su venta, mientras que la “deuda pública consolidada” alude a la crisis financiera que el gobierno intentaba resolver con esta medida.
En resumen, el decreto busca transferir propiedades de la Iglesia a manos privadas para impulsar la agricultura y el comercio.
Comentario:
El proceso de desamortización ya había sido intentado en España, pero se intensificó con los liberales en el siglo XIX. Mendizábal impulsó esta reforma para sanear la economía y restar poder a la Iglesia, lo que generó tensiones con sectores conservadores y contribuyó a la Guerra Carlista.
Entre las consecuencias, se alteró la propiedad agraria, beneficiando a la burguesía y a los grandes propietarios, pero no a los campesinos. La Iglesia perdió gran parte de su poder económico, y aunque la deuda pública se redujo, el patrimonio cultural sufrió deterioro.
Desamortización de Madoz (1 de mayo de 1855)
Clasificación:
El texto es una fuente primaria de carácter jurídico y económico, ya que es una ley que regula la venta de propiedades pertenecientes a diversas instituciones. Su contenido es económico, político y social, pues afecta a la propiedad de la tierra y al reparto de bienes en España.
Fue promulgado por el gobierno de Leopoldo O’Donnell bajo el liderazgo del ministro Pascual Madoz, dentro del Bienio Progresista (1854-1856). El decreto está dirigido a la sociedad en general, especialmente a los posibles compradores de los bienes desamortizados. Su objetivo es sanear la economía, financiar obras públicas y debilitar el poder de las instituciones que poseían tierras en “manos muertas”.
El contexto es la España de mediados del siglo XIX, cuando los liberales progresistas promovían reformas económicas y políticas para consolidar el modelo capitalista.
Análisis del contenido:
Ordena la venta de todos los bienes inmuebles pertenecientes al Estado, a la Iglesia, a las órdenes militares, cofradías, beneficencia y pueblos, sin excepción. Esto amplía la desamortización de Mendizábal (1836), incluyendo también tierras comunales de los municipios.
Los términos clave incluyen “manos muertas”, que se refiere a propiedades que no podían ser vendidas ni repartidas (como las eclesiásticas y municipales), y “predios rústicos y urbanos”, es decir, terrenos agrícolas y edificaciones.
En resumen, la Ley de Madoz generaliza el proceso desamortizador, afectando no solo a la Iglesia, sino también a propiedades públicas y municipales.
Comentario:
Esta ley tiene su antecedente en la desamortización de Mendizábal, pero en este caso afecta más directamente a los bienes comunales de los pueblos. Su objetivo principal era obtener recursos para el Estado y modernizar la economía vendiendo las tierras a particulares.
Las consecuencias fueron significativas. Por un lado, se aumentaron los ingresos estatales y se financió la construcción de infraestructuras como ferrocarriles y carreteras. Sin embargo, los principales beneficiarios fueron los grandes propietarios y la burguesía, mientras que muchos campesinos quedaron sin acceso a la propiedad de la tierra, lo que agravó los conflictos sociales en el medio rural.
Proclama de los Sublevados en Cádiz (19 de septiembre de 1868)
Clasificación:
El texto es una fuente primaria de carácter político y social, ya que es un manifiesto revolucionario. Su contenido es político, pues justifica la insurrección contra Isabel II.
Fue firmado por Juan Prim, Francisco Serrano y Juan Topete, líderes de la Revolución de 1868. Está dirigido a la sociedad española, a la que se llama a la rebelión. Su intención es legitimar el levantamiento, denunciando la corrupción y la falta de libertades, y exigiendo un Gobierno Provisional basado en el sufragio universal.
El contexto es la España de 1868, marcada por la crisis económica y política que llevó a la caída de Isabel II e inició el Sexenio Democrático (1868-1874).
Análisis del contenido:
El manifiesto declara la ruptura con el gobierno de Madrid y denuncia su corrupción. Reclama un Gobierno Provisional y el establecimiento de un sistema democrático. Llama a la movilización popular para lograr estos cambios.
Entre los términos clave, “soberanía nacional” expresa la idea de que el poder debe residir en el pueblo, y “sufragio universal” señala la demanda de elecciones libres. También menciona el apoyo de Europa, buscando respaldo internacional.
En resumen, la proclama busca justificar la rebelión y propone una transformación política basada en la participación popular.
Comentario:
El levantamiento en Cádiz tuvo su antecedente en la crisis del reinado de Isabel II, marcado por la corrupción y el autoritarismo. La sublevación se extendió rápidamente, logrando la caída de la reina y el establecimiento de un Gobierno Provisional.
Las consecuencias incluyeron la aprobación de la Constitución de 1869, que instauró el sufragio universal masculino y amplió las libertades. Sin embargo, la inestabilidad política llevó al fracaso del Sexenio Democrático y a la restauración borbónica en 1874.
Renuncia de Amadeo I a la Corona de España (11 de febrero de 1873)
Clasificación:
El texto es una fuente primaria de carácter político e histórico, ya que es el documento en el que el rey Amadeo I renuncia al trono de España. Su contenido es político, pues refleja la crisis institucional del país.
El autor es Amadeo I de Saboya, quien fue elegido rey en 1870 tras la Revolución de 1868. El destinatario es el Congreso de los Diputados, al que comunica su decisión de abdicar debido a la inestabilidad del país.
La intención del texto es justificar su renuncia, explicando que España está dividida y que no ha encontrado una solución dentro de la legalidad.
El contexto es la España de 1873, marcada por conflictos entre republicanos, monárquicos y carlistas. Su renuncia provocó la proclamación de la Primera República.
Análisis del contenido:
Amadeo I reconoce el honor de haber sido elegido rey, pero describe una España en constante lucha interna. Explica que todos los grupos políticos afirman actuar en nombre del país, pero sus enfrentamientos han hecho ingobernable la nación.
Rechaza buscar soluciones fuera de la legalidad y asegura que su renuncia no es por debilidad. Devuelve la Corona al Congreso, renunciando también en nombre de sus herederos.
En resumen, el texto refleja la frustración del monarca ante la crisis política y su incapacidad para gobernar un país dividido.
Comentario:
La inestabilidad política y social que siguió a la Revolución de 1868 fue el principal antecedente de esta renuncia. Amadeo I no logró consolidar su reinado debido a la oposición de republicanos, carlistas y sectores monárquicos descontentos.
Su abdicación condujo a la proclamación de la Primera República (1873-1874), un periodo breve y caótico marcado por divisiones internas y conflictos como la Tercera Guerra Carlista.
Algunos artículos de la Constitución de 1876
Clasificación:
Es una fuente primaria de carácter jurídico y político, ya que forma parte de la Constitución de 1876, la base legal de la Restauración Borbónica. Su contenido es político y legislativo, estableciendo principios fundamentales del sistema político español.
El autor son las Cortes y el rey Alfonso XII, en el contexto de la restauración de la monarquía tras la Primera República. Su destinatario es el conjunto de ciudadanos españoles, pues regula sus derechos y el funcionamiento del Estado.
La intención del texto es definir el nuevo marco político de España, estableciendo un Estado confesional católico, ciertos derechos individuales y la estructura de las instituciones.
El contexto es la España de 1876, tras la Restauración Borbónica liderada por Cánovas del Castillo, cuyo objetivo era crear un sistema político estable después de la inestabilidad del Sexenio Democrático (1868-1874).
Análisis del contenido:
El Artículo 11 establece el catolicismo como religión oficial, permitiendo solo su culto público. El Artículo 13 reconoce libertades como la de expresión, reunión y asociación, aunque con posibles limitaciones.
El Artículo 20 regula la composición del Senado, combinando miembros designados por la Corona y otros elegidos. El Artículo 28 menciona que la ley definirá el sistema electoral para los Diputados, dejando margen para modificaciones. Finalmente, el Artículo 75 establece la unidad jurídica en toda España.
En resumen, estos artículos reflejan un equilibrio entre monarquía, catolicismo y libertades individuales dentro de un sistema político controlado por la Corona.
Comentario:
La Constitución de 1876 tuvo como antecedente la crisis del Sexenio Democrático y la necesidad de estabilidad tras la restauración de Alfonso XII en el trono. En su desarrollo, consolidó un sistema moderado y flexible, permitiendo el turno pacífico de partidos (conservadores y liberales), aunque con una democracia limitada debido al control electoral.
Sus consecuencias fueron la consolidación de un régimen estable hasta 1923, cuando la dictadura de Primo de Rivera rompió el sistema parlamentario.
“Oligarquía y Caciquismo: ‘El Pucherazo’” (1889)
Clasificación:
El texto es una fuente primaria de carácter político y social, pues denuncia la corrupción electoral en España durante la Restauración. Su contenido es político, ya que critica el sistema electoral y el fraude en los comicios.
El autor es Valentí Almirall, político y periodista catalán, defensor del republicanismo y del catalanismo. Su destinatario es la sociedad española, a la que busca informar sobre la manipulación electoral.
La intención del texto es denunciar el fraude electoral, conocido como “el pucherazo”, señalando cómo el gobierno manipula los resultados para garantizar la victoria de sus candidatos.
El contexto es la España de la Restauración (1874-1923), donde el sistema político basado en el turno pacífico de partidos entre conservadores y liberales se mantenía gracias a la corrupción y el control caciquil de las elecciones.
Análisis del contenido:
Almirall describe cómo el Ministerio de Gobernación y los gobernadores provinciales controlan las elecciones. Denuncia el uso de listas fraudulentas, con votos de personas fallecidas representadas por agentes disfrazados, y el relleno de urnas con votos ficticios.
El texto muestra el desprecio por la democracia, ya que los comicios no reflejan la voluntad popular, sino que son manipulados para asegurar la victoria de sus candidatos del sistema.
En resumen, el autor expone cómo la Restauración se sostiene sobre un sistema corrupto, en el que el sufragio es solo una apariencia de legalidad.
Comentario:
El fraude electoral descrito en el texto fue una práctica clave del turno de partidos, instaurado por Cánovas del Castillo en la Constitución de 1876. La manipulación de los resultados garantizaba la alternancia entre conservadores y liberales sin una verdadera competencia democrática.
Las consecuencias de este sistema fueron el mantenimiento de una oligarquía política, el descontento social y el auge de movimientos republicanos, socialistas y nacionalistas, que denunciaban la corrupción. Esta crisis desembocó en la Dictadura de Primo de Rivera (1923-1930).