LA SEGUNDA REPÚBLICA (1931-1936)
EL GOBIERNO PROVISIONAL Y LA CONSTITUCIÓN DE 1931
En las elecciones del 12 de abril, en las áreas rurales, los concejales elegidos fueron en su mayoría monárquicos. Sin embargo, en las ciudades, los candidatos republicanos obtuvieron la victoria. El día 13, las ciudades se llenaron de manifestaciones y, el 14 de abril, la República fue proclamada. Mientras Lluís Companys la establecía en Barcelona, los miembros del comité revolucionario tomaron posesión del gobierno. Esa misma noche, Alfonso XIII abandonaba el país. Los hombres que formaron el Gobierno provisional representaban a todas las fuerzas políticas del país. Debido a la heterogeneidad de sus ideas y planteamientos, la República se enfrentó a una serie de problemas acuciantes. El gobierno decidió abordarlos mediante decretos, mientras se procedía a convocar elecciones a Cortes. Así, Largo Caballero adoptó las primeras medidas de la reforma agraria y de la reforma laboral. Manuel Azaña inició también la reforma militar. El gobierno promovió una legislación educativa y también se puso en marcha el Estatuto Provisional de Autonomía de Cataluña. Desde los primeros días, el ambiente social adquirió una tensión preocupante, dividiéndose entre quienes querían dar tiempo al gobierno y quienes exigían cambios rápidos y radicales. En la derecha, los decretos del gobierno provocaron la oposición de los terratenientes, los patronos y buena parte de los militares, así como el enfrentamiento entre la Iglesia y el nuevo régimen. La situación desembocó en mayo en la quema de conventos. El 28 de junio se celebraron las elecciones a Cortes Constituyentes. Votó aproximadamente el 70% del censo, lo que dio una clara victoria a la conjunción republicano-socialista. Días después se constituyeron las Cortes, que ratificaron la confianza al mismo Gobierno, el cual pasó de ser Gobierno provisional a Gobierno constitucional.
LA CONSTITUCIÓN DE 1931
La Constitución de 1931, aprobada el 9 de diciembre, consta de 125 artículos. Se inicia con una definición rotunda de soberanía popular: el nuevo Estado es una república democrática de trabajadores de toda clase. Desarrolla una extensa declaración de derechos y libertades individuales, colectivos, económicos, familiares y culturales. Destaca el sufragio universal para mayores de 23 años y, por primera vez en la historia de España, el sufragio femenino. Estableció también el matrimonio civil, el divorcio y la equiparación de derechos de hijos legítimos e ilegítimos. Asimismo, proclamaba la subordinación del derecho a la propiedad privada al interés público, previéndose la posibilidad de expropiación. El poder legislativo corresponde a las Cortes, que constan de una sola cámara y son renovables cada cuatro años. El poder ejecutivo y la Jefatura del Estado corresponden al Presidente de la República, elegido cada seis años por los diputados y un número igual de compromisarios. El presidente nombra al jefe de gobierno y, a propuesta de este, a los ministros, pero estos deben ser ratificados por las Cortes. Se establece un poder judicial independiente, con un Tribunal de Garantías Constitucionales. Se establece la posibilidad de que un conjunto de provincias se constituyan como región autónoma, mediante un Estatuto de Autonomía. La Constitución recoge con detalle las competencias susceptibles de ser transferidas a las regiones. Se prohíbe tajantemente la federación de regiones autónomas. En la cuestión religiosa, se estableció la disolución de las congregaciones religiosas de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado (como la Compañía de Jesús). Se prohibía a las congregaciones religiosas el ejercicio de la enseñanza, la industria y el comercio, al tiempo que quedaban sometidas a una ley especial. La Constitución proclamaba la libertad de conciencia y cultos.
EL BIENIO REFORMISTA (1931-1933)
En los primeros años, España se mantuvo relativamente al margen de las consecuencias directas del crack del 29, debido a que la economía española era aún una economía semicerrada. No obstante, los datos muestran en realidad una situación de estancamiento económico. Además, hubo que afrontar las deudas contraídas por los gobiernos de la Dictadura y la fuga de capitales. Hubo dos factores claramente negativos:
- La crisis del comercio exterior, a causa de que los gobiernos de todo el mundo emprendieron medidas proteccionistas.
- Un aumento claro del paro.
El paro constituyó el problema clave del país. El primer gabinete constitucional estaba presidido por Azaña y formado por el mismo grupo de ministros. Largo Caballero, ministro de Trabajo, continuó con las reformas laborales. Se promulgaron la Ley de Contratos de Trabajo y la Ley de Jurados Mixtos. También se estableció la Inspección de Trabajo. La reforma de la enseñanza continuó: se construyeron 6.570 nuevas escuelas y se dotaron 7.000 plazas de maestros, cuyos salarios fueron mejorados. Se promovió una escuela única, pública, obligatoria y gratuita, y se estableció la enseñanza mixta. La prohibición del ejercicio de la enseñanza a las congregaciones religiosas provocó el rechazo frontal de la derecha y de la Iglesia. El Gobierno continuó con la reforma militar iniciada por Azaña. Se suprimieron los tribunales de honor, el Consejo Supremo de Guerra y Marina y la Academia Militar de Zaragoza. También se derogó la Ley de Jurisdicciones. El presupuesto militar fue recortado y se reorganizaron las plantillas para reducir el número de oficiales y generales. La situación de hambre que vivían los campesinos había sido afrontada con medidas urgentes por el Gobierno Provisional. Se decretó el laboreo forzoso de las tierras incultas y la contratación preferente de los jornaleros de los pueblos. La Ley de Bases para la Reforma Agraria de septiembre de 1932 afectaba a toda Andalucía, Extremadura, La Mancha y Salamanca. Declaraba la expropiación de tierras de origen jurisdiccional, las incultas o deficientemente cultivadas, y parte de las arrendadas cuyos propietarios tuvieran más de mil pesetas de renta catastral. Se creó el Instituto de Reforma Agraria (IRA), encargado de hacer el inventario de tierras expropiables. Su aplicación fue, en gran medida, un fracaso. Se tardó casi un año en completar el registro y en organizar el IRA; además, el escaso presupuesto apenas permitía expropiar fincas. A esto se sumó la resistencia de los propietarios para esquivar la aplicación de la ley. El resultado de esta lentitud fue irritar aún más a un campesinado decepcionado del Gobierno de izquierdas y afectado por un paro creciente. Los conflictos sociales fueron continuos; los bajos salarios y el paro facilitaron la movilización de los sindicatos anarquistas y del PCE. El resultado fue una serie continua de incidentes graves. Por ejemplo, en enero de 1932 hubo enfrentamientos en Castilblanco, Arnedo y la Comarca del Alto Llobregat que ocasionaron muertos y heridos. El Gobierno destituyó al general Sanjurjo, director de la Guardia Civil, y deportó a un centenar de anarquistas a Guinea. Sin embargo, continuaron las tensiones sociales en el campo. La expulsión de la Compañía de Jesús y la aprobación en las Cortes de la Reforma Agraria y el Estatuto de Autonomía para Cataluña se aceleraron tras el intento de golpe de Estado del general Sanjurjo. El golpe fracasó porque no tuvo respaldo en la guarnición de Madrid ni en la de Sevilla.