Reinos cristianos de la península como Navarra, Aragón y Portugal

18-Herencia territorial de Carlos I: conjunto de territorios que heredó Carlos I (1517-1556), hijo de Felipe de Habsburgo, “el hermoso”, y de Juana I de Castilla, “la loca”, y que lo convirtieron en el monarca más importante de su tiempo. De su abuelo paterno, Maximiliano de Austria, recibíó los territorios de la Casa de Austria y los derechos al título imperial del Sacro Imperio. De su abuela paterna, María de Borgoña, los Países Bajos, Luxemburgo, el Franco Condado y los derechos sobre el ducado de Borgoña. De sus abuelos maternos, los Reyes Católicos, recibíó la Corona de Aragón con Cerdeña, Sicilia y Nápoles; y la Corona de Castilla con Navarra, Canarias, plazas del norte de África y los territorios americanos, recién descubiertos. Este conjunto heterogéneo de territorios contó con dos instrumentos integradores: la unidad religiosa en torno al catolicismo y la idea de una monarquía universal.


20-Validos: personalidades políticas en la esfera de influencia del monarca, colocándose entre éste y las instituciones de gobierno (Consejos, Audiencias, Cortes), no alcanzando nunca tal figura un reconocimiento institucional. Acabaron asumiendo las funciones de gobierno con el beneplácito del rey, de cuya voluntad dependían. Controlaban los resortes de poder en una época en la que el poder real era casi absoluto y dispónían de una clientela fiel a su persona que recibía a cambio cargos y privilegios. Son figuras ligadas a los “Austrias menores” y durante el s. XVII destacaron el duque de Lerma con Felipe III, el conde-duque de Olivares con Felipe IV, o el conde de Oropesa, con Carlos II. A 11 finales del Siglo XVIII durante el reinado de Carlos IV destacó la figura de Godoy que, sin ser un valido propiamente dicho, asumíó el poder. 


22-Paz de los Pirineos: tratado firmado en 1659 entre Francia y España en la isla de los Faisanes (Guipúzcoa) que puso fin, tras largas negociaciones, a las hostilidades entre los dos países. La guerra de los Treinta Años terminó en 1648 con la firma de la paz de Westfalia. Esta guerra había enfrentado a católicos y protestantes alemanes y acabó extendíéndose al resto de Europa. Francia aprovechó para ir contra el dominio de los Habsburgo austríacos y españoles. La guerra con Francia continuó hasta que la derrota en Dunkerque llevó a Felipe IV a la firma de la Paz de los Pirineos. Fue desfavorable para España. Francia recibe el Rosellón, el Artois, plazas fuertes del sur de los Países Bajos españoles y la Cerdeña, el reconocimiento de su hegemonía en Europa y el declive de la monarquía hispánica. También se acordó el matrimonio de Luis XIV con la infanta María Teresa, hija de Felipe IV.


23-Guerra de Sucesión española: conflicto dinástico por el trono de España ocurrido entre 1701 y 1713, entre Felipe de Anjou (Borbón) y el archiduque Carlos de Austria (Habsburgo) tras la muerte de Carlos II sin descendencia directa en 1700. La sucesión en cualquiera de los aspirantes significaba la formación de un gran bloque dinástico que rompía el equilibrio continental. Fue una Guerra Civil en la que Castilla, Navarra y las provincias vascongadas apoyaron a Felipe V, y los territorios de la Corona de Aragón al candidato austríaco. Pero fue también una guerra internacional: Francia apoyó a Felipe de Anjou; y Holanda, Austria, Portugal, Saboyá y Gran Bretaña al archiduque Carlos. Este conflicto finalizó con el tratado de Utrecht (1713) y de Rastatt (1714), por los cuales se reconocía a Felipe V como rey de España tras renunciar a sus derechos al trono francés y a las posesiones españolas en Europa. La Guerra Civil continuó en Cataluña y Baleares hasta 1714-15.


24-Decretos de Nueva Planta: conjunto de leyes dictadas por Felipe V entre 1707 y 1716 por las que se suprimieron los fueros e instituciones propias de los territorios de la Corona de Aragón (Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca). Se eliminaron Cortes, Diputaciones, el cargo de Justicia Mayor, los Consejos, su sistema fiscal propio, fronteras interiores, sistemas monetarios, fueros, costumbres y se impuso una homologación con la legislación castellana. Con ello se centralizó la administración de los territorios al estilo francés. Fue una respuesta al apoyo que mantuvieron estos territorios en la Guerra de Sucesión al archiduque Carlos de Austria. Se preservaron los derechos de los territorios vascos y de Navarra como premio a su fidelidad a la casa de Borbón.


25-Despotismo ilustrado: forma de gobierno, propia del Siglo XVIII, que conjuga el absolutismo de los reyes con las ideas reformistas de la Ilustración. Se basaba en el lema “todo para el pueblo, pero sin el pueblo” por el cual los reyes, sin renunciar a su condición de monarcas absolutos, trataron de aplicar determinadas medidas ilustradas de carácter reformista con el fin de modernizar su país. Destacaron María Teresa y José II en Austria, Federico II en Prusia o Catalina en Rusia. En España, Carlos III fue su mejor representante. Rodeado de ministros ilustrados, como Campomanes, el conde de Aranda llevó a cabo reformas económicas, medidas liberales, reformas agrícolas, reformas religiosas y educativas, promoviendo también la creación de las Sociedades Económicas de Amigos del País. Declaró honestas todas las profesiones, se mejoraron las infraestructuras de las ciudades, se crearon manufacturas y se liberalizó el comercio con América.


13-Cortes Medievales: Instituciones políticas surgidas en los reinos cristianos durante los siglos XII y XIII (las del Reino de León, de 1188, son las más antiguas). Las de Castilla y León se fusionaron tras la uníón de ambos reinos en el s. XIII; en la Corona de Aragón permanecieron separadas las de Aragón, Cataluña y Valencia; y en Navarra, su origen data del reinado de Sancho VII el fuerte (desde 1231). Estaban compuestas por los tres estamentos: nobleza, clero y burguésía urbana o municipios, que se reunían al ser convocadas por el rey. Entre sus funciones estaba la presentación de quejas, la aprobación de leyes o la concesión de impuestos, la proclamación de cada nuevo rey tras recibir su juramento de respetar los fueros. No eran permanentes sino que cuando finalizaban su tarea se disolvían. En Castilla tuvieron un carácter consultivo mientras que a las de Navarra y Corona de Aragón (Aragón, Valencia y Cataluña) se les atribuía capacidad legislativa.