Fuentes del Derecho Internacional del Trabajo y la Regulación Colectiva: El Papel de la OIT

Fuentes del Derecho Internacional Público del Trabajo y Regulación Colectiva

El Derecho del Trabajo se compone de normas internas y normas internacionales. Las normas internacionales buscan la justicia global, siendo la inmigración y la necesidad de un marco común para la competencia empresarial factores decisivos que han impulsado la creación de un Derecho Internacional Público del Trabajo desde instancias internacionales.

I. Fuentes del Derecho Internacional Público del Trabajo

  1. El Derecho Sigue leyendo

Desafíos Sociales Contemporáneos: Empleo Juvenil, Derechos Humanos y Valores en la Sociedad Actual

Mercado de Trabajo para Jóvenes en la Actualidad

«Actualmente, la finalidad primordial de la OIT es promover oportunidades para que los hombres y las mujeres puedan conseguir un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. Para ello, la OIT trabaja conjuntamente con la comunidad internacional, el mundo de los negocios y el trabajo para hacer frente al desafío del empleo.»

Juan Somavia, Director General, Oficina Internacional del Trabajo. El empleo Sigue leyendo

Tratados Internacionales en España, Convenios OIT y Derecho de la UE: Conceptos Clave

Tratados Internacionales: Concepto y Características en España

Concepto

Un tratado internacional es un acuerdo de voluntades celebrado por escrito entre dos o más sujetos del derecho internacional, dirigido a la producción de efectos jurídicos regidos por el derecho internacional. Su denominación particular (tratado, convenio, carta, etc.) es independiente según el Estado.

Características en España

  • La dirección de la política exterior corresponde al Gobierno.
  • Las relaciones internacionales Sigue leyendo

Convenio 169 de la OIT: Protección de los Pueblos Indígenas y Tribales

Tierras y Territorios

El Convenio 169 estipula que la utilización del término tierras incluye el concepto de territorios, el cual cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna manera. El artículo 13 del convenio establece que, al aplicar el convenio, los gobiernos deben respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados revisten su relación con las tierras y territorios que ocupan o Sigue leyendo