Causas fundamentales de la caída de la primera república 1810 y 1812

5 PREGUNTA

Define el concepto de Uníón Dinástica aplicado a Castilla y Aragón en tiempo de los Reyes Católicos.

La uníón dinástica de Castilla y Aragón en tiempos de los Reyes Católicos sentó las bases de la Monarquía Hispánica y por ende de la hegemonía española en Europa durante el Siglo XVI y parte del XVII.

En un primer momento, sin embargo, Enrique IV de Castilla desheredaría a su hermanastra Isabel a favor de su hija Juana la Beltraneja por contravenir dicho enlace los planes matrimoniales que tenía concertados con el reino de Portugal. De tal manera, a la muerte del monarca en 1474, se originaría una guerra de sucesión que terminaría en 1479, mediante el tratado de Alcaçovas, el cuál concluía el conflicto reconocíéndose finalmente los derechos de Isabel a la corona. Ese mismo año, además, con la muerte de Juan II de Aragón, heredando Fernando, se hacía plenamente efectiva la uníón de las dos coronas bajo una misma dinastía.

De ahora en adelante, Isabel y Fernando colaborarían estrechamente a nivel diplomático y militar, ambos reinos conservarían sus leyes, monedas y fronteras, así como el control sobre su hacienda y el nombramiento de sus altos cargos.

Por último, obviando otras cuestiones como la unificación religiosa o la modernización del Estado, a través de la “uníón dinástica” también se ampliaría la base territorial de ambos reinos. Aragón recuperaría Cerdeña y Rosellón con el Tratado de Barcelona (1493) en el que Francia devolvía estos territorios. Por su parte, Castilla, al completarse la Reconquista, integró el reino de Granada (1492), las Islas Canarias (1496), el reino de Navarra (1512) y conquistaría América, la cual había sido descubierta por Cristóbal Colón.

Unos años más tarde, tras la regencia de Fernando en Castilla, heredaría ambas coronas Carlos I, recogiendo en solitario los abultados frutos de la uníón dinástica.

7 PREGUNTA

Define que fueron los decretos de Nueva Planta

Tras la Guerra de Sucesión (1701-1703), Felipe V es aceptado como rey de España y plantea la reforma institucional y administrativa del Estado según los cánones franceses: poder central decisorio y absolutismo, con unas mismas leyes para todo el reino. Fue un centralismo contrario a las singularidades de la anterior monarquía de los Austrias, pero favorecedor de la homogeneidad del conjunto del territorio.

Debido a esto, por lo tanto, se publicarán los Decretos de Nueva Planta, que suponen el fin del ordenamiento jurídico e institucional histórico de los reinos de la Corona de Aragón, al quedar abolidos los fueros de los reinos de Aragón y Valencia (1707); los de Mallorca (1715); y finalmente los de Cataluña (1716). Felipe V procedíó también a eliminar las Cortes de esas zonas, dejando únicamente las de Castilla, válidas ahora para todo el territorio. Además, establecíó el Castellano como lengua oficial y suprimíó las fronteras.

Solo se hizo una excepción: los territorios vascos y navarros conservaron sus fueros como premio a la lealtad a Felipe V durante la guerra.

9 PREGUNTA

Comenta las carácterísticas esenciales de La Constitución de 1812

La Constitución de Cádiz De 1812, primer Constitución española y referente del liberalismo decimonónico, Se gestó en plena Guerra de Independencia aprovechando las circunstancias Excepcionales y el vacío de poder que habían generado la ocupación francesa y La defección de la propia monarquía.

Obra de las Cortes de Cádiz convocadas desde 1809 por la Junta Suprema y reunidas por primera vez en Septiembre de 1810, sus contenidos de marcado carácter revolucionario pondrían Fin al Antiguo Régimen. La composición heterogénea de dichas Cortes, fruto de La urgencia y de las penalidades propias de un conflicto armado, explican en Buena medida tal extremo. En efecto, frente a comerciantes, catedráticos, Militares, abogados o funcionarios, expresión de una burguésía intelectual de corte liberal, el clero, si bien numeroso contaba con pocos obispos y la Nobleza, poco representada, tampoco resultaba unánime.

De tal manera, la Constitución de Cádiz asumíó los siguientes principios esenciales:

-Soberanía Nacional: la soberanía reside esencialmente en la nacíón, es decir, la reuníón De todos los españoles. A ella pertenece exclusivamente el derecho de Establecer sus leyes fundamentales.

-Declaración De derechos fundamentales entre los que destacan la igualdad jurídica y fiscal, La inviolabilidad del domicilio, la libertad de pensamiento, opinión e Imprenta, el derecho a la educación y de propiedad.

-Confesionalidad Del Estado teniendo a la religión católica como la única oficial.

-La Monarquía, aunque limitada, seguía siendo el modelo de gobierno.

-División De poderes:

*Legislativo (una cámara única): asumido por Las cortes y el rey.

*Ejecutivo: asumido por el rey.

*Judicial: asumido por tribunales Establecidos por la ley.

-Sufragio Universal masculino indirecto.

-Abolición de la tortura Y de la Inquisición.

En suma, la Constitución De 1812, cuya vigencia se limitaría a los dos últimos años de la Guerra de Independencia, a los tres años del Trienio liberal en 1820 y a un breve periodo Tras el motín progresista de la Granja en 1836, sentaría las bases del régimen Liberal que se iría consolidando a lo largo del Siglo XIX.