La expansión territorial de los siglos XI y XII

2.4. Los primeros núcleos de resistencia cristiana. Principales etapas de la Reconquista. Modelos de repoblación

La invasión musulmana de la Península Ibérica dejo en la franja cantábrica y los Pirineos focos de resistencia cristiana, compuestos por población autóctona y refugiados del reino visigodo. El primer núcleo se organiza en el 722, tras vencer Pelayo a los musulmanes en la Batalla de Covadonga y, se consolida con Alfonso III al iniciarse su expansión hacia el sur. En el siglo X el conde Fernán González reunirá varios territorios defendidos por castillos en la zona fronteriza con el valle del Ebro y formará el condado de Castilla, que llegará a conformarse como reino independiente. Los orígenes del reino de Pamplona, en el s IX, son confusos, no así su expansión, que alcanzó su máximo esplendor en el s XI con Sancho III, el mayor. Este avance no es uniforme. En el Siglo XI el reino de Castilla y León, con Alfonso VI conquista la ciudad de Toledo fijando la frontera en el valle del Tajo, mientras que el reino de Aragón con Pedro I incorpora Huesca y Barbastro y; los condes de Barcelona llegan hasta Tarragona. En el Siglo XII los progresos son limitadas por la llegada de los imperios del norte de África a destacar la toma del Zaragoza en 1118 por Alfonso I el batallador o, la de Lérida en 1149 por Ramón Berenguer IV. En la segunda mitad de siglo Portugal llega hasta Lisboa, Castilla toma Cuenca y, Aragón Teruel. Para evitar la rivalidad entre ellos los reyes de Castilla y Aragón firman varios tratados asignándose las zonas que debían conquistar cada uno. Es la ocupación de una tierra despoblada por aquel que la va a cultivar, se basa en el derecho romano. El resultado fue una zona de pequeñas y medianas propiedades de hombres libres. En los siglos XI y XII, se dio la repoblación concejil entre el Duero y los Montes de Toledo y en el Valle del Ebro. El territorio se dividía en concejos, dividido en alfoces, el concejo se regía por una ciudad o villa cabecera, en la que se instalaba un representante del rey. El rey otorgaba una carta puebla o fuero . 

2.5. Los reinos cristianos en la Edad Media: organización política, régimen señorial y sociedad estamental

Dentro de la corte, el monarca reunía a veces con carácter consultivo a oficiales y grandes magnates, esta reuníón se convertirá, a partir del Siglo XI en la curia regia. En la corona de Aragón la estructura política fue más feudal, puesto que no se trata de una monarquía autoritaria y sino pactista, su poder estaba limitado por normas morales y por el derecho y las costumbres del país. Cuando el monarca era investido se comprometía a mantener este pacto con sus vasallos. Pero, los grandes señores obtuvieron el privilegio de la inmunidad, acaparando todo el poder en sus señoríos jurisdiccionales.  A partir de este momento desaparecíó la antigua concepción romana del Estado y la relaciones políticas se convierten en vínculos personales. Cuando a mediados del Siglo XII la jerarquía feudal quedó plenamente establecida el monarca había perdido la relación directa con sus súbditos solo la manténía en las tierras sociedades de las que era dueño directo. Toda esta estructura presupónía que cada reino quedaba convertido en un mosaico de jurisdicciones y distintas justicias, incluso con superposición o dualidad de administraciones. Solo a partir del Siglo XIII los monarcas van a procurar recuperar su función sobre todos los súbditos del Estado propiciando la propagación del derecho romano.

2.6. Organización política de la Corona de Castilla, de la Corona de Aragón y del Reino de Navarra al final de la Edad Media.

En Castilla, la máxima autoridad política la tiene el rey, quien consolida su autoridad a partir del s XIII con la introducción del derecho romano, primero con las siete partidas de Alfonso X y poco después con el ordenamiento de Alcalá de Alfonso XI. Para el desarrollo de sus funciones el rey cuenta con un Consejo real, formado en un primer momento por nobles y luego por letrados; una Audiencia centrada en la administración de justicia y la Real Hacienda, centrada en el cobro de impuestos. En Aragón, la organización política es más complicada, puesto que se trata de una confederación de territorios unidos por una misma corona, pero con instituciones independientes. Es por ello que el rey es quien menos poder tiene y «debe» pactar con los estamentos privilegiados de cada reino. Todos los reinos tienen cortes independientes, que controlan el poder de los monarcas y, existen además unas cortes generales en las que se representaba a los cuatro reinos en cuatro grupos: nobleza, clero, burguésía y caballeros. En Aragón existe otra institución específica, el Justicia mayor de Aragón, que media entre la monarquía y los ciudadanos interpretando el derecho y garantizando el cumplimiento de las leyes. En Navarra el rey gobernaba con un Consejo Real y unas Cortes ante las que juraba los fueros del reino.