Notificación por estado diario

Impugnación de despido y sus defectos


Si el trabajador no está de acuerdo, puede recurrir contra la decisión en un plazo de 20 días hábiles. Esté debe presentar primero su escrito de impugnación  ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de su Comunidad Autónoma, que cierta las partes para intentar un acuerdo en el llamado “acto de conciliación administrativa”. Si no se consigue, se podrá presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, esté dictara sentencia calificando el despido después del juicio

La conciliación administrativa
ES obligatorio celebrar la ante el SMAC (entre la empresa y el trabajador), antes de la demanda ante el Juzgado de lo social, Puede terminar:
Con avenencia = se llega a un acuerdo entre ambas partes
Sin avenencia = no se llega aun acuerdo. Queda abierta la vía judicial

La impugnación judicial del despido y sus efectos jurídicos
Se enfrentan, en un juicio verbal, el juez intentará una segunda conciliación entre ambas partes con el objetivo de evitar el juicio. Si no se llega a un acuerdo, el juez dictará sentencia  decidiendo si el despido es procedente, improcedente o nulo.
Los efectos son los siguientes:

Proc= Han sido probadas las causas alegadas  ::::
Despido disciplinario = no derecho a indemnización
Despido colectivo u objetivo = 20 días, máximo 12.
Impro = no han sido probadas las causas alegadas. No se ha cumplido el procedimiento de tramitación del despido disciplinarios Plazo 5 días desde la notificación, el empresario puede = Readmisión del trabajador =  con abono de los de los salarios de tramitación
Pagar una indemnización = de 33 día, prorrateándose fracciones inferiores al año, máximo 24.
Nulo =
Readmisión obligatoria = abono de los salarios de tramitación

Los salarios de tramitación


Salarios que paga la empresa al trabajador despedido cuando el despido ha sido declarado nulo o cuando la empresa readmite al trabajador al (despido improcedente). Se devengan desde el día del despido hasta la fecha de la readmisión. Cuando es el despedido era un representante de los trabajadores podrá elegir entre readmisión y abono de la indemnización. Si elige esta última deberá recibir además los salarios de transmisión hasta la fecha de la notificación de sentencia.

Régimen transitorio de las indemnizaciones por despido




Se calculará de la siguiente manera = Se indemnizado con

45 (prorrateándose por meses los períodos inferiores al año), desde su contratación hasta el 11 de Febrero de 2012
.Por el tiempo de servicio desde el 12 de Febrero de 2012 hasta la extinción del contrato, será de
33 (prorrateándose por meses los períodos inferiores al año)

Trámites al recurrir un despido


.
Carta despido Despido 20 días hábiles para recurrir
Conciliación administrativa (suspende el plazo de 20 días durante 15 días hábiles para celebrar el pacto de conciliación)

Con avenencia = se indemniza al trabajador o se le readmite (según acuerdo alcanzado) Si no ser le admite, se le indemnizará y queda en situación legal de desempleo.

Si avenencia= Abre la vía judicial : juicio y sentencia
Procedente = * Despido colectivo y objetivo : indemnización *Despido disciplinario : no hay indemnización
Improcedente (la empresa debe optar entre) = *Readmisión y pagar las salarios de tramitación *Abonar la indemnización
Nulo = *readmisión del trabajador y pagar los salarios de tramitación

Causas e indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo


Voluntad de ambos
Mutuo acuerdo entre las partes = sin indem
Extinción del contrato de obra y servicio determinado y del contrato eventual por circunstancias de las producción = 12 días (o la parte proporcional, por los contratos celebrados desde el 1-1-2015). No  máximo.
Hechos objetivos
Muerte, incapacidad o jubilación empresario = 1 mes (ampliable por convenio colectivo). No máximo.

Extinción de la personalidad jurídica de la empresa = 20 días . Máximo 12.

Trabajadores víctimas de violencía de género = Sin indem
Extinción por fuerza mayor = 20 días. Máximo de 12
.
Voluntad del trabajador
Dimisión o abandono = Sin indem
Por incumplimiento grave del empresario = 33 días. Máximo de 24.

Voluntad del empresario (despido)


Despido colectivo =

Pro: 20 días. Máximo  12.


Impro: 33 días. Máximo 24


Extinción por causas objetivas =

Pro: 20 días. Máximo 12.


Impro: 33 día. Máximo 24



Impro (en las relaciones laborales acogida al contrato para el fomento de la contratación indefinida):  33 días máximo 24.

Despido disciplinario =


*

Proce: Sin indem




Impro: 33 días. Máximo de 24